SAP Cádiz 49/2014, 11 de Marzo de 2014

PonenteMARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZ
ECLIES:APCA:2014:455
Número de Recurso455/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución49/2014
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

S E N T E N C I A NÚM. 49

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE ILTMO SR.

D. JOSÉ CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

Dª. MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ

D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ.

REFERENCIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº TRES DE EL PUERTO DE SANTA MARIA.

AUTOS : PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 930/2009.

ROLLO : 455/2013.

En la Ciudad de Cádiz a once de marzo de dos mil catorce.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de 7 de mayo de 2013, dictada en el procedimiento ordinario nº 930/2009 seguido en el Juzgado del margen.

Es parte apelante Don Segismundo y Don Pedro Antonio, representados por el Procurador Don Angel Morales Moreno y defendidos por el Letrado Doña Mª Dolores González Lloret, y parte apelada Doña Justa, representada por el Procurador Don Manuel Zambrano García-Raez y defendida por el Letrado Don José Antonio Pérez Agustí.

I .- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº. Tres de El Puerto de Santa María dictó Sentencia el 7 de mayo de 2013 en el procedimiento del margen, cuyo Fallo es el siguiente:

"ESTIMAR la demanda presentada por el Procurador D. Manuel Zambrano García-Raez, en nombre y representación de Dª. Justa sobre acción de división de cosa común y, en consecuencia, DECLARO DISUELTO EL RÉGIMEN DE COPROPIEDAD existente entre las partes litigantes sobre los inmuebles objetos de autos.

La división de los bienes se realizará mediante la formación de los tres lotes especificados por el Perito Sr. Andrés en su informe pericial, y su posterior sorteo y adjudicación entre los comuneros, con las compensaciones económicas entre lotes indicadas por el perito en su informe.

Todo ello con imposición de las costas procesales a la parte demandada." SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación por la representación de Don Segismundo y Don Pedro Antonio, se dio traslado a la otra parte que se opuso, siendo emplazados por diez días para ante esta Audiencia Provincial, a donde fueron remitidos los autos, correspondiendo su conocimiento a esta Sección donde se formó Rollo y fue designada Ponente, Resolución notificada a las partes, personándose en la alzada como consta. No solicitada prueba ni vista, que no se considero necesaria, se acordó la fecha para la deliberación y votación, llevándose a cabo conforme a lo ordenado.

II .- FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Don Segismundo y de Don Pedro Antonio se presentó recurso de apelación contra la Sentencia de instancia solicitando su revocación parcial al objeto de que se dejara sin efecto la condena en costas a los recurrentes impuestas en la instancia.

La apelada, por su parte interesó la desestimación del recurso, con confirmación de la Resolución combatida, y con expresa condena en costas a la parte apelante.

SEGUNDO

La acción ejercitada por Doña Justa contra sus hermanos, Don Pedro Antonio y Don Segismundo, se fundamenta en que siendo los tres copropietarios por iguales partes de dos fincas urbanas sitas en El Puerto de Santa María, en la actualidad en CALLE000 nº NUM000 y en CALLE001 nº NUM001, fincas heredadas de su abuela Doña Coro, fallecida el 2 de julio de 1978, solicitaba la división de los bienes comunes para que, en primer lugar, se valoraran los inmuebles para la confección de tres lotes, procediéndose a su sorteo entre los tres propietarios, con las compensaciones económicas que procedieran; caso de disparidad de valoración de dichos lotes y en su defecto, subsidiariamente, se solicitaba, para el caso de que se determinara que los dos inmuebles eran indivisibles, su valoración al objeto de que pudieran ser adjudicados a uno o varios de los comuneros con simultánea compensación económica a los que no resulten adjudicatarios y, como tercera postura, también con carácter subsidiario, caso de no ser posible ninguna de las peticiones anteriores, por no ser divisibles los inmuebles en tres lotes y no llegarse a un acuerdo de adjudicación conforme a la segunda postura, se sacaran los bienes a pública subasta, con admisión de licitadores extraños, interesándose la condena en costas de los demandados si se opusieren.

La actora refiere que ya desde enero de 2006 había propuesto la división a sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 16 de Septiembre de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 16 Septiembre 2015
    ...la Sentencia dictada con fecha 11 de marzo de 2014, por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección Segunda), en el rollo de apelación nº 455/2013 , dimanante de juicio ordinario nº 930/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 del Puerto de Santa - Mediante diligencia de ordenación de fecha......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR