SAP Cádiz 54/2014, 8 de Abril de 2014
Ponente | MARIA DEL CARMEN GONZALEZ CASTRILLON |
ECLI | ES:APCA:2014:433 |
Número de Recurso | 269/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2014 |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª |
S E N T E N C I A Nº 54
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ, SECCIÓN 8ª CON SEDE EN JEREZ DE LA FRONTERA.
PRESIDENTE ILMO. SR.
Dña. LOURDES MARÍN FERNÁNDEZ
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
Dña. CARMEN GONZÁLEZ CASTRILLÓN
D. BLAS RAFAEL LOPE VEGA
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 DE JEREZ DE LA FRONTERA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 269/2013 - S
AUTOS Nº 235/2013
En la Ciudad de Jerez de la Frontera a ocho de abril de dos mil catorce.
Visto, por la AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ, SECCIÓN 8ª CON SEDE EN JEREZ DE LA FRONTERA. de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado referenciado sobre reclamación de cantidad. Interpone el recurso JUNTA DE COMPENSACION PERI
12.1 "MONTEALEGRE ALTO" que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. FERNANDO CARRASCO MUÑOZ y defendido por el Letrado D. ALVARO SAEZ QUINTERO. Es parte recurrida SALAS ABOGADOS, S.C. que está representado por el Procurador D. RAFAEL MARIN BENITEZ y defendido por el Letrado D. JOSE MARIA TOSCANO LOPEZ-CIRERA, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 4 de junio de 2013, cuya parte
dispositiva es como sigue: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador
S. RAFAEL MARIN BENITEZ, en nombre y representación de SALAS ABOGADOS S.C. contra la JUNTA DE COMPENSACIÓN PERI 12.1 MONTEALEGRE ALTO y en consecuencia debo condenar y condeno a éstas a que abone a la actora la suma de veintidós mil trecientos once euros con once céntimos (22.311,11 euros), con sus correspondientes intereses legales que se devengarán desde la interposición de la demanda de monitorio de la que el presente procedimiento trae causa.".
Interpuesto recurso de apelación se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia. Cumplidos los trámites de personación e instrucción de las partes, se señaló deliberación, votación y fallo del presente recurso.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales. Visto, siendo ponente la Ilma Sra. Magistrada Dña. CARMEN GONZÁLEZ CASTRILLÓN quien expresa el parecer del Tribunal.
La sentencia apelada ha estimado en su integridad los pedimentos de la demanda y ha
condenado a la entidad demandada al abono de la cantidad reclamada por la parte demandante. Frente a dicho pronunciamiento se alza la parte demandada alegando como motivo de recurso el error en la valoración de la prueba. Dicha parte no niega la prestación de los servicios descritos por Salas Abogados; lo que sí niega es que los mismos sean susceptible del cobro de unos honorarios independientes a los pactados mediante la iguala contratada. Insiste en la impugnación del documento nº 1 de la demanda, dado que el mismo no aparece firmado por representante alguno de la entidad demandada.
La parte demandante basa su reclamación de honorarios en el documento nº 1 que ha aportado junto a la demanda, al entender que el mismo recoge y plasma el concierto de voluntades alcanzado por las partes para la prestación de servicios profesionales de asesoramiento fiscal y contable en las condiciones pactadas. Considera que los honorarios reclamados corresponden a servicios que no pueden entenderse incluidos en la iguala pactada, sino que han de facturarse de forma independiente conforme a lo pactado en el apartado II del citado acuerdo. Consta que en el acto de la audiencia previa la parte demandada ha impugnado expresamente dicho documento, no reconociendo el mismo, ni su contenido, pues,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 16 de Septiembre de 2015
...el 8 de abril de 2014 por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección 8ª), con sede en Jerez de la Frontera en el rollo de apelación nº 269/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 235/2013 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Jerez de la - Mediante diligencia d......