SAP Badajoz 167/2002, 17 de Octubre de 2002

PonenteFIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ
ECLIES:APBA:2002:1191
Número de Recurso178/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución167/2002
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 167/02

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ISIDORO SANCHEZ UGENA

D. FERNANDO PAUMARD COLLADO

DÑA. FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ

Procedimiento Ordinario: Autos n°: 206/01

Recurso: n: 178/02

En Badajoz a 17 de Octubre de 2002.

La Sección 2ª de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ ha visto en grado de apelación, los Autos de Juicio Ordinario 206/01 del Juzgado 1ª Instancia e Instrucción de Llerena n° 1 seguido entre las partes, de una como apelante ALMACENES GUTIERREZ LLERENA SL. representada por la Procuradora Sra. Rabino Blanco-Morales y defendida por el Letrado Sr. Robina Blanco- Morales Valentín, y de otra, como apelado la entidad NOMAZUL SA.. representada por el Procurador Sr. Martínez Gutiérrez y defendida por el Letrado Sr. Pons Juanpere

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus tramites legales ante el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN de Llerena n° 1, por el mismo se dictó sentencia con fecha 11-Junio-2002, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda de juicio ordinario por oposición en juicio monitorio, interpuesta por el Procurador D. Enrique Martínez Gutiérrez, en nombre y representación de la mercantil NOMAZUL SA., contra la mercantil ALMACENES GUTIERREZ LLERENA SL., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de SETECIENTAS ONCE MIL NOVECIENTAS CINCUENTA Y TRES PESETAS (CUATRO MIL DOSCIENTAS SETENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS),más el interés legal devengado desde la fecha de la interposición de la demanda, condenándole igualmente al pago de las costas causadas en esta instancia."

TERCERO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandada se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la LEC.

CUARTO

Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la LEC. por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada Ley procesal.

QUINTO

Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 LEC. se emplazó alas demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.

SEXTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandante, se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 2ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los Autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

Vistos siendo ponente la Ilma. Magistrada Sra. D. FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ, que expresa el parecer unánime de la Sala

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

- La recurrente solicita la revocación de la sentencia de instancia, alegando que el juzgador "a quo", ha incurrido en error en la apreciación y valoración de la prueba, y en su lugar se dicte otra por la que estimando el recurso presentado, se desestimen íntegramente las pretensiones aducidas en la demanda, con la condena...

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