STSJ Comunidad de Madrid 659/2008, 16 de Junio de 2008

PonenteEMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA
ECLIES:TSJM:2008:15782
Número de Recurso5238/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución659/2008
Fecha de Resolución16 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

RSU 0005238/2007

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00659/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 5238/07

Sentencia nº 659/08-AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

Presidente

Ilma.Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

Ilmo. Sr.D. Miguel Moreiras Caballero

En Madrid, a dieciséis de Junio de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación nº 5238/07 interpuesto por el SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD (SERMAS), asistido por la Letrada Dña. Mª Dolores Sánchez Delgado, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 16 de los de MADRID, en los autos nº 579/06, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 579/06 del Juzgado de lo Social nº 16 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Juan Antonio, contra el Servicio Madrileño de la Salud (SERMAS), en materia de Asistencia Sanitaria (Reintegro de Gastos Médicos), y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha diez de Julio de dos mil siete en los términos siguientes:

Que estimando Juan Antonio SALUD debo condenar y reintegrar al actor los suma de 41.249'02 euros la demanda interpuesta por DON contra el SERVICIO MADRILEÑO DE condeno al referido demandado a gastos médicos ascendentes a la más el 10% de interés por mora.-

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

Don Juan Antonio nacido en 27.08.1947 consta afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 teniendo reconocida una incapacidad permanente absoluta por resolución de 14.03.05 (Documento n° 58 folios 88 a 90). SEGUNDO.- El día 14.07.04 el actor acudió al Centro de Atención Primaria de Guadarrama del Servicio Madrileño de Salud por padecer un sangrado anal. (Documento n° 45 folio 75). TERCERO.- El doctor que le atendió Don Gregorio le derivó al especialista de Digestivo cita por teléfono para solicitándole personalmente practicarle una colonoscopia. Le informaron que la cita más pronto era para dentro de cuatro meses (documento 45 folio 75). CUARTO.- El día 22.07.04 acudió a hacerse la colonoscopia a un centro médico privado. El resultado de esta prueba es una tumoración que ocupa la totalidad de la luz intestinal, situada entre 6 y 8 cm del orificio anal. Se realiza una biopsia cuyo diagnóstico es una adenocarcianoma de recto. Es decir cáncer de colon a 5 cm del ano, siendo necesario operar urgentemente. (Documento n° 15 folio 28). QUINTO.- El día 26.07.04 se le practicó operación quirúrgica para amputar el colon. SEXTO.- El actor fue sometido a tratamiento de quimioterapia y radioterapia. SÉPTIMO.- En fecha 25.02.05 se le operó otra vez por tumoración hepática con metástasis de adernocarcina en grado III. Es decir, cáncer de hígado. (Documento n° 19 folio 32). OCTAVO.- Fue tratado nuevamente con quimioterapia. NOVENO.- El actor acude en 6.04.05 al médico de cabecera Don Gregorio quien le facilita cita con carácter preferente para el especialista de oncología de la Clínica Puerta de Hierro, quedando citado para el día 17.05.05. DÉCIMO.- En dicha clínica le atiende la Doctora Luz solicitándole aporte las pruebas de las preparaciones histológicas del tumor de recto de fecha 20.07.04 y la de la metástasis hepática de 25.02.05. UNDÉCIMO.- En el laboratorio donde le realizaron dichas pruebas le citan para dárselas en unos diez o quince días y personado se encuentra con que le habían etiquetado con otro nombre en el volante. Esto produjo una demora de cuatro meses en el comienzo del tratamiento de quimioterapia (Documentos n° 9, 10, 11 y 12 folios 21 a 25). DUODÉCIMO.- Los gastos a que ascendió el tratamiento son 41.249,02 euros en el siguiente desglose:

-cirugía 26.07.04... 9.600(documento n° 19 folio 27).

-sanatoriode dicha operación... 4.308,90 euros (Documento n° 16 y 17 folios 29 y 30).

-cirugía 25.02.05...9.600 euros (Documento n° 18 folio 31).

-sanatorio por dicha intervención... 5.285,70 euros (documento 21 folio 334).

-quimioterapia...12.454euros, 42 (Documentos 65 a 74 folios 114 y 115).

Y documentos n° 52 a 56 (folios 82 a 86).

DECIMO
SEGUNDO

En fecha 1.03.06 el actor solicitó reintegro de los gastos siendo contestada negativamente en resolución de 19.01.06 con fundamento en que "el paciente viene siendo tratado en la medicina privada sin que conste la denegación injustificada de asistencia por parte del Sistema Nacional de Salud". DECIMOTERCERO.- La reclamación previa fue desestimada por resolución de 18.05.06.-

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el SERVICIO MADRILEÑO DE LA SALUD (SERMAS), asistido por la Letrada Dña. Mª Dolores Sánchez Delgado, siendo impugnado de contrario por D. Juan Antonio, asistido por el Letrado D. José Ignacio Fernández Rubio. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Frente al fallo de la sentencia de instancia que estimó la demanda formulada y condenó al Servicio Madrileño de Salud a reintegrar al actor los gastos de asistencia sanitaria en cuantía de 41.249'02 Euros más el 10% de interés por mora, recurre la Letrada de la Comunidad Autónoma de Madrid, en nombre y representación del Servicio Madrileño de la Salud, formulando un único motivo al amparo del artículo 191.c) de la Ley de Procedimiento Laboral, para denunciar la infracción del artículo 17 de la Ley General de la Sanidad, y del artículo 102.3 de la Ley General de la Seguridad Social de 30 de Mayo de 1974, en relación con el artículo 5.3 del RD 63/95 de 20 de...

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