SAP A Coruña 184/2005, 20 de Mayo de 2005

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2005:203
Número de Recurso231/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución184/2005
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM......

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D.JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA

DÑA.MARIA JOSE PEREZ PENA

D.RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO GARCIA

En A CORUÑA , a veinte de mayo de dos mil cinco.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO núm. 367/03 que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ORDES , en los que es parte COMO APELANTE: D. Federico ; y de otra como APELADA: "BANQUE PSAFINANCE", representado/a por el/a Procurador/a Sr. MORENO VÁZQUEZ y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. FRANCISCO RIVERA; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2004, dictada por el Ilmo. Sr.Juez/Magistrado del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ORDES , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Ricardo García Piccoli en la representación que tiene acreditada en autos, contra don Federico debo condenar y condeno al demandado a que abone a la entidad BANQUE PSA FINANCE la suma de

12.333,10 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia".

PRIMERO

Interpuesta la apelación por D. Federico , y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Porprovidencia de fecha 17 de Febrero de 2005 se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personaron en esta alzada el Procurador Sr. Moreno Vázquez, en nombr y representación de Banque Psa Finance, en calidad de apelada. Se tiene por parte como apelante-no personado a D. Federico . Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de fecha 4 de Abril de 2005 se señaló para votación y fallo el día 18 de Mayo de 2005.

TERCERO

En la sustanciacion del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

SIENDO PONENTE el Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada,

PRIMERO

La sentencia de instancia concluye con la estimación íntegra de las pretensiones formuladas en la demanda y la consiguiente condena del demandado, contra la que se alza éste, por entender que la citada resolución ha infringido el contenido de los arts. 1203, 1204 y 1205 y siguientes del Cg. Civil respecto a la novación de las obligaciones, toda vez que en el caso presente el demandante sabía perfectamente que el deudor no era el aquí demandado pues así lo había consentido con anterioridad a la presentación de la demanda; en segundo lugar, alega la infracción del art. 1206 Cg. Civil , de manera que la insolvencia del nuevo deudor no puede hacer recaer la responsabilidad sobre el primitivo deudor, y por último, se ha cometido error en la apreciación de la prueba practicada para incidir en el conocimiento y consentimiento de la novación subjetiva del deudor por el acreedor; solicitando la revocación de la sentencia apelada y se dicte otra absolutoria de las pretensiones de la demanda y con imposición del pago de las costas a la parte actora.

SEGUNDO

Respecto a la primera cuestión planteada, es reiterada la doctrina jurisprudencial que viene reflejada en STS como la de 14-11-90 , que mantiene que...

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