SAP Baleares 9/2001, 10 de Enero de 2001

PonenteMARIA ROSA RIGO ROSELLO
ECLIES:APIB:2001:38
Número de Recurso305/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución9/2001
Fecha de Resolución10 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 9

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JOSE MIGUEL BORT RUIZ

MAGISTRADOS:

DOÑA MARIA ROSA RIGO ROSSELLO

DOÑA CATALINA MORAGUES VIDAL

En PALMA DE MALLORCA, a diez de Enero de dos mil uno.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de MENOR CUANTIA, seguidos ante el Juzgado de PRIMERA INSTANCIA N° 14 DE PALMA DE MALLORCA, bajo el número 161/1999, Rollo de Sala numero 305/2000, entre partes, de una como actora apelante MASTERCONST SL, representado/s en esta alzada por el Procurador Sr./a. SOCIAS ROSSELLO, y dirigido par el Letrado Sr./a PILAR FULLANA, de otra, como demandado apelante FERRUTX INOBILIENGESELLCHAFT SL, representado/s en esta alzada por el Procurador Sr./a MAS TOUS y dirigido por el Letrado Sr./a. FELIU BORDOY.

ES PONENTE el/la Magistrado/a Ilmo./a Sr./a. MARIA ROSA RIGO ROSSELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado PRIMERA INSTANCIA N° 14 DE PALMA DE MALLORCA, se dictó sentencia en fecha 6 DE MARZO 2000, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Socías Rosselló en nombre y representación de Masterconst, SL, debo condenar y condeno a Ferrutx Imobiliengesellschaft, SL, a que pague a la demandante 7.316.001.- pesetas, sin realizar expreso pronunciamiento sobre las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora y demandada, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, mejorado en tiempo y forma, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día 9 enero 2001, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las "legaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el presente recurso visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la resolución de instancia, en cuanto no contradigan lo que se dirá a continuación.

PRIMERO

Masterconst S.L. interpuso la demanda de juicio declarativo de menor cuantía origen de los autos de que deriva el presente rollo, contra la entidad Ferrutx Imobiliengesellchaft SL, en solicitud de que se dicte instancia por la que se condene a la entidad demandada a abonar la cantidad de 15.319.601.-pesetas, importe pendiente de pago por las obras de construcción de los chalets B-8, B-10, B-12 y C-6 realizada por la parte actora, por encargo de la demandada, en San Lorenzo.

La entidad Imobiliengesellchaft se personó en autos y se opuso las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial alegando: a) la existencia de deficiencias constructivas en las obras, b) que la parte demandada tuvo que asumir el coste de reparación de los vicios, c) que existen trabajos extra encargados directamente por los nuevos adquirientes de la vivienda y era a ellos a quienes debían ser facturados, y d) ha existido retraso en la entrega de la obra, por lo que debe operar la cláusula de penalización pactada por las partes en el contrato.

En fecha 6 de marzo de 2000 recayó sentencia por la que se estimaba en parte la demanda v se condenaba a la entidad demandada al abono de la cantidad de 7.316.001.- pesetas resultante de descontar, de la suma reclamada, 1.750.000.- pesetas por los desperfectos que presenta la obra, y 6.253.600.- pesetas en concepto de cláusula penal por retraso en la entrega de las viviendas.

La expresada resolución constituye el objeto del presente recurso de apelación, al haber sido impugnada por ambas partes litigantes.

La Dirección letrada de Masterconst S.L. ha interesado se dicte nueva sentencia por la que se estime íntegramente la demanda, y considera que no procede descontar cantidad alguna por los días de retraso en la entrega.

La Dirección letrada de Ferrutx Imobiliengesellchaft S.L. considera que de la cantidad reclamada en la demanda se deben descontar las siguientes partidas: a) 2.500.000.- pesetas más IVA por las deficiencias,

  1. 8.437.000.- pesetas por la cláusula de penalización por demora en la entrega de la obra, c) 2.371.013. pesetas por obras que ha tenido que efectuar la parte demandada, correspondientes a la instalación de gas y jardinería, d) 5.187.345. pesetas por los trabajos extra fuera de presupuesto, encargados por los compradores finales del inmueble. Dicha operación determina, a juicio de la parte demandada-apelante, la inexistencia de saldo alguno a favor de la entidad actora y, por consiguiente, la íntegra desestimación de la demanda.

SEGUNDO

Del dictamen pericial elaborado por el arquitecto D. Pedro Antonio , de los folios 1131 y siguientes, se desprende que con carácter general puede calificarse la ejecución de la construcción llevada a cabo por la parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR