SAP Barcelona 166/2014, 9 de Abril de 2014
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2014:3203 |
Número de Recurso | 568/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2014 |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN UNDÉCIMA
ROLLO Nº 568/2012
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 665/2010
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 SANTA COLOMA DE GRAMENET
S E N T E N C I A Nº166/14
Ilmos. Sres.
Francisco Herrando Millan (Ponente)
Maria del Mar Alonso Martinez
Antonio Gómez Canal
En Barcelona, a nueve de abril de 2014.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 665/2010 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Santa Coloma de Gramenet, a instancia de Dña. Sara contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE STA. COLOMA DE GRAMENET y MUTUA DE PROPIETARIOS, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por las partes demandadas, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de abril de 2011, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por Sara y: Condeno solidariamente a la Comunidad de Propietarios de la Callle DIRECCION000 nº NUM000 de Santa Coloma de Gramenet y a la aseguradora Mutua de Propietarios a que indemnice a Sara en la cantidad de 6.973, 64 euros (SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS Y SESENTA Y CUATRO CENTIMOS) y a la aseguradora a los intereses del art 20 LCS consistentes en el interés legal del dinero incrementado en 50% desde la fecha del siniestro 9 de agosto de 2009, más los intereses del art. 576 LEC ."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE STA. COLOMA DE GRAMENET y MUTUA DE PROPIETARIOS y dado el oportuno traslado a las demás partes se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 5 de marzo de 2014.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dña. Francisco Herrando Millan.
Promovió la parte actora las presentes actuaciones reclamando la indemnización por los daños y perjuicios sufridos en accidente en el interior del inmueble frente a la comunidad de propietarios y aseguradora en base a la responsabilidad extracontractual. Admitida a trámite la demanda y emplazadas las demandadas, compareció en tiempo y forma la aseguradora oponiéndose a la demanda (f. 51 y ss.). La comunidad de propietarios no compareció en tiempo y forma siendo declarada en rebeldía (f. 87-8). Tras los trámites procesales ordinarios recayó sentencia estimando la demanda. Contra la sentencia se alzaron las demandadas condenadas en la instancia.
Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Respecto al recurso de la asegurada, comunidad de propietarios. Permaneció en la instancia en situación de rebeldía. Su comparecencia posterior en autos no produce la retroacción de las actuaciones ( art. 499 LEC ). En consecuencia la fase de oposición a la demanda debió plantearse en las alegaciones a tenor del art. 405 LEC fase que precluyó sin que por la comunidad se articulase oposición a la demanda. No pueden aceptarse las alegaciones y oposición planteadas una vez precluído el periodo de alegaciones.
La comunidad de propietarios, a tenor de la sentencia de instancia es...
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