ATS, 22 de Abril de 2014
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2014:3288A |
Número de Recurso | 2129/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil catorce.
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- La representación procesal de Estructuras de Madera Laminada Encolada Fargeot, S.A. presentó escrito de interposición de recurso de casación el 30 de julio de 2013 contra la Sentencia dictada con fecha 27 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16.ª), en el rollo de apelación nº 220/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 438/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Sant Boi de Llobregat.
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- Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 5 de septiembre de 2013 la referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, habiéndose notificado dicha resolución a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.
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- Por medio de escrito presentado, el día 22 de octubre de 2013, en el Registro General del Tribunal Supremo, la Procuradora D.ª M.ª José Corral Losada, en nombre y representación de Estructuras de Madera Laminada Encolada Fargeot, S.A., se personó en el presente rollo como parte recurrente. El 4 de noviembre de 2013 se presentó escrito por el Procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de la entidad mercantil Prologis Spain XXI, S.L.U., personándose en concepto de parte recurrida.
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- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Estructuras de Madera Laminada Encolada Fargeot, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2.2º de la LEC .
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC , entréguense copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Estructuras de Madera Laminada Encolada Fargeot, S.A. contra la Sentencia dictada con fecha 27 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16.ª), en el rollo de apelación nº 220/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 438/2010 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Sant Boi de Llobregat.
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)DECLARAR FIRME dicha Sentencia.
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) IMPONER las costas del recurso a la parte recurrente .
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) Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, previa notificación de esta resolución por este Tribunal a la parte recurrente y recurrida.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.