STSJ Andalucía 1414/2013, 5 de Diciembre de 2013
Ponente | ELOY MENDEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2013:15122 |
Número de Recurso | 938/2010 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1414/2013 |
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE SEVILLA
SECCIÓN TERCERA
RECURSO Nº 938/10
Ilmos. Sres.
D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, pte
D. Eloy Méndez Martínez
D. Guillermo del Pino Romero
SENTENCIA
En Sevilla, a 5 de diciembre de 2013
Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Dña. Teresa, y parte demandada la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Eloy Méndez Martínez, que expresa el parecer de la Sala, se ha dictado ésta con arreglo a los siguientes
En fecha 26-11-10, y dentro de legal plazo, se presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo, acompañando los documentos exigidos por el artículo 45 LJCA .
Verificada la concurrencia de los requisitos legalmente prevenidos y remitido por la Administración el expediente administrativo interesado junto con justificación de haberse practicados los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la ley rituaria contenciosa, se acordó entrega al recurrente para deducción de demanda en el plazo de 20 días. Presentada la misma, se dio traslado a las partes demandadas para contestación en idéntico plazo.
Por auto de 29-7-11 ser recibió a prueba el procedimiento, quedando posteriormente pendiente de deliberación y fallo.
Señalado para votación y fallo el día de ayer, el presente recurso fue efectivamente deliberado, votado y fallado.
El objeto del presente recurso es la pretensión de anulación de la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10- 9-10, por la que se publicaba la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo para ingreso en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y otros, convocado por Orden de 25-3-10, en el que participó la recurrente en la especialidad "Orientación Educativa", y efectuaba los nombramientos provisionales de funcionarios en prácticas.
El motivo de impugnación se centra fundamentalmente en que no le fue computado por la Comisión de Baremación, como "Otros Méritos, en el apartado 3.1.1 del Anexo II, el curso denominado "La Multiculturalidad: Una Realidad en el Cervantes". La parte entiende que, a pesar de la denominación de "curso" que se le ha dado en el diploma de asistencia, en realidad, goza de la misma naturaleza que los otros tres méritos que sí le han sido baremados en este apartado ("Coeducar para la Igualdad en el IES Miguel de Cervantes", "Proyecto Escuela: Espacio de Paz" y "Estudio sobre los Errores más frecuentes en Matemáticas "y,...
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ATS, 23 de Octubre de 2014
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