STSJ Cataluña 678/2008, 17 de Julio de 2008

PonenteJORDI MORATO-ARAGONES PAMIES
ECLIES:TSJCAT:2008:9675
Número de Recurso140/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución678/2008
Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA. BARCELONA

Recurso de apelación contra sentencias nº 140/2006

Partes: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.

C/ AJUNTAMENT DE TARREGA

S E N T E N C I A Nº 678

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles

Don Javier Aguayo Mejía

Doña Laura Tamames Prieto Castro

Don Jordi Morató Aragonés Pàmies

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil ocho.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 140/2006, interpuesto por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales ISIDRO MARÍN NAVARRO y asistido de Letrado, contra AJUNTAMENT DE TARREGA, representado por el Procurador de los Tribunales BLANCA SORIA CRESPO, y defendido por Letrado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jordi Morató Aragonés Pàmies, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Lleida, dictó en el recurso contencioso-administrativo nº 161/2005, la sentencia nº 296 de fecha 17 de octubre de 2006, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo inadmitir e inadmito el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S. A. contra la resolución descrita en el Fundamento de Dere cho Primero de esta Sentencia. Sin costas.".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., y apelada AJUNTAMENT DE TARREGA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 17 de julio de 2008.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia que se recurre inadmitió el recurso contencioso-Administrativo contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tàrrega de 17 de enero de 2005, por el que se desestimaban las alegaciones presentadas por la entidad recurrente al acuerdo de dicha Junta de 17 de mayo de 2004, de inicio de un expediente de reversión del edificio de Correos y se aprobaba defintivamente el expediente de reversión al Ayuntamiento de la finca 5750 inscrita en el registro de la propiedad de Cervera, al tomo 1956, libro 109, folio 25. Invocó el artículo 69 e) en relación con el artículo 46.1 de la LJCA y declaró que el recurso jurisdiccional era extemporáneo, razonando y declarando que la notificación del acuerdo recurrido a la entidad recurrente tuvo lugar en fecha 3 de febrero de 2005 (documento número 15 del...

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