SAP Baleares 119/2014, 25 de Marzo de 2014

PonenteMIGUEL ANGEL AGUILO MONJO
ECLIES:APIB:2014:687
Número de Recurso264/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2014
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN IV PALMA DE MALLORCA

Autos nº: 188/2011

Rollo nº: 264/2013

SENTENCIA NUM. 119/2014

ILMOS. SRS.

PRESIDENTE:

D. Miguel Ángel Aguiló Monjo

MAGISTRADOS:

D. Miguel Álvaro Artola Fernández

Dª. Juana María Gelabert Ferragut

Palma de Mallorca, a veinticinco de marzo de dos mil catorce.

Vistos, en grado apelación, los presentes autos juicio ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Violencia sobre la Mujer bajo el nº 188/2011, Rollo de Sala nº 264/2013, entre partes, de una como demandada-apelante, D. Cayetano, representada por el Procurador D. José Castro Rabadán, y de otra como parte actora-apelada, Dª. Elvira, representada por el Procurador Dª. Esperanza Nadal Salom, asistidas ambas de sus respectivos letrados Dª. María Dolores García Sánchez y D. Carlos Peleteiro Bandín. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel Aguiló Monjo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Violencia sobre la Mujer, en fecha 19 de septiembre de 2012, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: " Que, estimado sustancialmente la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales Doña ESPERANZA BADAL SALOM, en nombre y representación de Doña Elvira debo declarar y declaro los siguientes pronunciamientos: 1º.- Se atribuye a Doña Elvira el ejercicio en exclusiva de la patria potestad sobre la hija menor de edad, Virginia, habido de su relación con Don Cayetano .- 2º.- No se hace especial pronunciamiento en costas".

SEGUNDO

Frente a dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada y seguido el recurso por sus trámites se presentó por el Ministerio Fiscal escrito de oposición al recurso, dejando decaer el trámite la parte actora-apelada, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para su decisión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

Decide la sentencia de instancia tal y como se expone en su fundamento de derecho tercero, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 170 de Código Civil, privar al demandado D. Cayetano de la patria potestad sobre la hija común de los litigantes, Virginia, nacida el NUM000 de 2006, declarando

en el...

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