STSJ Comunidad de Madrid 208/2014, 26 de Marzo de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución208/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala Contencioso Administrativo
Fecha26 Marzo 2014

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Tercera

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2012/0001458

Recurso nº 140/2012

Ponente: Dña. Margarita Pazos Pita

Recurrente: U.T.E. IECISA-SENER

Representante: Procurador D. Argimiro Vázquez Senin

Parte demandada: Ministerio de Defensa

Representante: Abogado del Estado

SENTENCIA NÚM. 208

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

Dña. Fátima Arana Azpitarte

ILTMAS. SRAS. MAGISTRADAS:

Dña. Pilar Maldonado Muñoz

Dña. Margarita Pazos Pita

En Madrid, a 26 de Marzo de 2014.

Visto por la Sección del margen el recurso nº 140/2012, interpuesto por el Procurador de los Tribunales

D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la Unión Temporal de Empresas IECISA-SENER, contra la Resolución de 29 de julio de 2011, del Teniente General Jefe del Estado Mayor Conjunto, que desestima el recurso de reposición deducido contra la Resolución de 11 de abril de 2011, de la misma autoridad, que acordó la aplicación de penalidades por importe de 829.506,44 euros en relación con el contrato "Subsistema de captación terrestre comint zona Levante"; habiendo sido parte demandada el Ministerio de Defensa, representado y defendido por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra las resoluciones reseñadas ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, cuya Sección Quinta dictó Auto el día 14 de noviembre de 2011 declarando la incompetencia de dicho órgano jurisdiccional para el conocimiento del asunto, y la correlativa competencia de esta Sala del TSJ de Madrid. SEGUNDO.- Recibidas las actuaciones en esta Sección, y seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.

TERCERO

Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 5 de febrero de 2.014.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dña. Margarita Pazos Pita.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la Unión Temporal de Empresas IECISA-SENER la Resolución de 29 de julio de 2011, del Teniente General Jefe del Estado Mayor Conjunto, que desestima el recurso de reposición deducido contra la Resolución de 11 de abril de 2011, de la misma autoridad, que acordó la aplicación de penalidades por importe de 829.506,44 euros en relación con el contrato "Subsistema de captación terrestre comint zona Levante".

SEGUNDO

Para la adecuada resolución del presente recurso se han de tener en cuenta los siguientes antecedentes que resultan del expediente administrativo y de las actuaciones seguidas ante esta Sala:

  1. - El 26 de diciembre de 2000, la Unión Temporal de Empresas IECISA-SENER suscribió un contrato administrativo con el Ministerio de Defensa para el suministro, integración e instalación de los elementos que componen el "Subsistema Comint del sistema de captación terrestre zona levante Scater ZL (C)", en cuya virtud, "la ejecución del conjunto de servicios, materiales, equipos, documentación y software objeto del suministro se realizará antes del 31 de Octubre de 2004". El precio del contrato era de 14.350.368,99 euros.

    Por Resolución de 24 de septiembre de 2004 se suspendió el contrato debido a que estaba pendiente de completar la disponibilidad de dos emplazamientos, así como la realización en los mismos de las correspondientes obras de infraestructura, a cargo de la Administración contratante, suscribiéndose el 27 de septiembre de 2004 la correspondiente acta de suspensión.

  2. - Mediante escrito de fecha 18 de febrero de 2009, IECISA-SENER comunicó al Órgano de contratación su solicitud de resolución del contrato, al amparo de lo dispuesto en el artículo 192.b), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que fue desestimada por Resolución de 11 de mayo de 2009, debido a "que el levantamiento de la suspensión se produjo y causó efectos en fecha anterior a la formulación por la adjudicataria de su pretensión de resolución", por cuanto por Resolución de 17 de febrero 2009 se había dispuesto el levantamiento de la suspensión y el consiguiente reinicio de los trabajos correspondientes al Contrato.

    Contra la Resolución de 11 de mayo de 2009, la parte actora interpuso recurso contencioso administrativo, seguido ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con el número 1423/2009, en el que recayó Sentencia el 3 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Que desestimamos la causa la inadmisibilidad del recurso, alegada por el Abogado del Estado, y entrando a examinar el fondo del recurso estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad UTE IECISA-SENER, representada por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, contra la resolución de fecha 11 de mayo de 2009, dictada por el General Jefe del Estado Mayor de la Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, por la que se acuerda no dar lugar a la resolución del contrato 102100078100 «Subsistema de Captación Terrestre Comint Zona Levante», que anulamos por no ser conforme al ordenamiento jurídico, con la consecuencia subsiguiente de la resolución del contrato [...]". Formulado recurso de casación, el mismo fue inadmitido por Auto del Tribunal Supremo de 7 de junio de 2012 .

    Asimismo, contra la Resolución de 17 de febrero de 2009, que acuerda levantar la suspensión, se dedujo recurso de reposición, desestimado por Resolución de 8 de abril de 2009, acudiéndose a la vía jurisdiccional, siguiéndose, también en la referida Sección Quinta el recurso contencioso-administrativo número 1429/2009, en el que se dictó la Sentencia de 18 de enero de 2012, con la siguiente parte dispositiva: "Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad UTE IECISA- SENER, representada por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, contra la resolución de fecha 8 de abril de 2009, dictada por el General Jefe del Estado Mayor de la Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, por la que se acuerda desestimar el recurso de reposición por esta interpuesto contra el Acuerdo de levantamiento de la suspensión y reinicio de los trabajos correspondientes al expediente de contratación 102100078100 « Subsistema de Captación Terrestre Comint Zona Levante», que anulamos por no ser conforme al ordenamiento jurídico [...]" .

  3. - El 8 de junio de 2009 se efectuó una reunión del Programa Santiago con el fin de analizar la situación del proyecto y la planificación entregada por la actora a requerimiento de la Oficina del Programa. El 22 de junio de 2009 la Oficina comunica a la actora que "no se contempla la entrega de las obras de V. Mezquita en el año 2009" y se solicita "una nueva Planificación del Proyecto y reprogramación de las partidas pendientes de pagos acomodadas a los nuevos plazos".

    El 14 de julio de 2009, la contratista remitió al Órgano de contratación la documentación relativa a la nueva planificación del proyecto y a la reprogramación de las partidas pendientes de pagos acomodadas a los nuevos plazos, fijando varias modificaciones del expediente, dando lugar a que por Resolución de 19 de agosto de 2009 se acuerde la modificación del contrato, que conlleva una minoración económica en base a la disminución de trabajos a realizar, por importe de 171.157,37 euros, así como una ampliación del plazo de ejecución en 110 días desde el siguiente a la fecha de dicha Resolución.

    Por Resolución de 12 de noviembre de 2009 se desestimó el recurso de reposición deducido contra la anterior Resolución de 19 de agosto de 2009, presentándose una nueva impugnación jurisdiccional, seguida, como las anteriormente citadas, ante la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, bajo el número 27/2010, y en el que se ha dictado Sentencia el 19 de septiembre de 2012, firme en Derecho, cuya parte dispositiva dice "Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad UTE IECISA-SENER, representada por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, contra la Resolución del General Jefe del Estado Mayor de la Defensa, por delegación del General Jefe del Estado Mayor Conjunto, de fecha 12 de noviembre de 2009, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la entidad recurrente contra el acuerdo de modificación del contrato relativo al expediente 1021000781 « Subsistema de Captación Terrestre Comint Zona Levante », dictado en 19 de agosto de 2009; por ser la desestimación, en los extremos examinados, conforme a Derecho [...]" .

  4. - Por Resolución de 22 de diciembre de 2009, del Teniente General Jefe del Estado Mayor Conjunto, dictada por delegación del General Jefe del Estado Mayor de la Defensa, se declaró en mora a la entidad contratista, con efectos de 8 de diciembre de 2009, concediéndole una ampliación del plazo de ejecución del contrato...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 28 de Enero de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 28 Enero 2015
    ...Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 140/2012, de fecha 26 de marzo de 2014 , interpuesto contra la Resolución de 29 de julio de 2011 , del Teniente General Jefe del Estado Mayor Conjunto, ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR