SAN, 19 de Marzo de 2014

PonenteJUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2014:1487
Número de Recurso30/2013

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a diecinueve de marzo de dos mil catorce.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el recurso de apelación número 30/2013, interpuesto por el Procurador don Federico RuIpérez Palomino, en nombre y representación de PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES ANERO 2005, S.L. contra la Sentencia de 29 de julio de 2013 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10, recaída en el procedimiento ordinario número 47/2012. Ha sido parte apelada la Abogacía del Estado, en la representación que legalmente ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de julio de 2013 recayó Sentencia dictada en el procedimiento ordinario número 47/2012 por el Ilmo Sr. Magistrado-Juez del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10, cuya parte dispositiva es la siguiente: "ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de fecha 15 de diciembre de 2011 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por la representación de la entidad mercantil "Promociones y Construcciones Anero 2005, S.L.", contra la Resolución de la Ministra del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de 12 de mayo de 2008, por la que se le impone una sanción por importe de 30.050,62 #, y se le requiere para que proceda a reponer las cosas a su estado anterior, por infracción en materia de aguas tipificada en los artículos d) y g) del artículo 116.3 del texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que se revoca parcialmente en el único sentido de calificar la infracción como leve y reducir la sanción de multa impuesta a 5.000 Euros. Sin imposición de costas".

SEGUNDO

Contra la citada resolución judicial se interpuso recurso de apelación por el Procurador don Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES ANERO 2005, S.L., mediante escrito razonado, en el que solicitó que estimando el recurso de apelación se revoque la sentencia de 29 de julio de 2013 y se anule la resolución recurrida con imposición de costas a la Administración.

TERCERO

Concedido traslado del escrito de apelación a la Abogacía del Estado, en la representación que legalmente ostenta, presentó escrito oponiéndose a la apelación, en el que solicitó que se declare inadmisible el recurso de apelación y, en su defecto, se desestime, con condena en costas a la parte apelante.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el presente Rollo, y no habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, ni la celebración de vista o la presentación de conclusiones, ni siendo necesaria a juicio de la Sala, se señaló para votación y fallo el día 19 de febrero de 2014. No obstante, advertido que en la tramitación del recurso de apelación ante el Juzgador a quo no se había dado traslado del escrito de oposición al recurso de la parte apelada a la parte apelante, pese a que en el mismo instaba la inadmisión del recurso de apelación, se acordó mediante providencia de 20 de febrero de 2014, conferir dicho traslado por término de cinco días. Presentado el correspondiente escrito de alegaciones por el Procurador don Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES ANERO 2005, S.L. Con fecha 6 de marzo de 2014, se señaló el recurso para votación y fallo el día 19 de marzo de 2014, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2013 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de fecha 15 de diciembre de 2011, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Ministra del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de 12 de mayo de 2008, por la que se le impone una sanción por importe de 30.050,62 #, y se requiere para que proceda a reponer las cosas a su estado anterior, por la comisión de una infracción en materia de aguas. En consecuencia, se revoca parcialmente la resolución sancionadora en el único sentido de calificar la infracción como leve y reducir la...

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