STSJ Asturias 90044/2014, 28 de Febrero de 2014
Ponente | MARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY |
ECLI | ES:TSJAS:2014:742 |
Número de Recurso | 13/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 90044/2014 |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 90044/2014
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
APELACION Nº: 13/14
APELANTE: Dª. Blanca
PROCURADOR: D. RAFAEL COBIÁN GIL-DELGADO
RECURRIDO: SESPA
REPRESENTANTE: LETRADO SESPA
SENTENCIA DE APELACIÓN nº44/14
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Luis Querol Carceller
Magistrados:
D. Antonio Robledo Peña
Dña. Olga González Lamuño Romay
En Oviedo, a veintiocho de febrero de dos mil catorce.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 13/14, interpuesto por Dª. Blanca representada por el Procurador D. Rafael Cobián Gil-Delgado contra el Servicio de Salud del Principado de Asturias representado por Letrado de su Servicio Jurídico. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DÑA. Olga González Lamuño Romay.
El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Abreviado nº 170/13 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Oviedo.
El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 29-10-13 . Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos.
Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 27 de febrero pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.
Se somete a la consideración de esta Sala en el presente recurso de apelación la Sentencia dictada el día 29 de octubre de 2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Oviedo en autos del Procedimiento Abreviado tramitado con el nº 170/2013 desestimatorio del recurso interpuesto por Dña. Blanca aquí apelante contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios del Gobierno del Principado de Asturias, del recurso de alzada interpuesto por la recurrente, frente al cese del nombramiento de carácter eventual, acaecido con fecha 31 de diciembre de 2012. Se solicita por la apelante se dicte sentencia, por la que con estimación del recurso interpuesto, se revoque la resolución judicial impugnada y, por tanto, estimando íntegramente el recurso contencioso administrativo impugnado, se declare la disconformidad a derecho de la actuación administrativa impugnada y cuantos actos sucesivos y siguientes traigan causa en la misma, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, y el derecho de la recurrente a que se anule el cese y, en consecuencia, a mantener el nombramiento interino en plaza vacante, en la categoría de Planchadora, con destino en el Hospital Universitario Central de Asturias, con todos los efectos inherentes a dicha declaración y demás pronunciamientos que en Derecho procedan.
Por su parte, la Letrada del Servicio de Salud...
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