SAP Valladolid 68/2014, 18 de Marzo de 2014

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2014:312
Número de Recurso354/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución68/2014
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00068/2014

Rollo: RECURSO DE APELACION, Nº 354/ 2013

S E N T E N C I A Nº 68

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JOSE JAIME SANZ CID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En Valladolid a dieciocho de Marzo de dos mil catorce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de RESCISION DE SENTENCIA 0000407 /2012, dimanante de procedimiento Ordinario nº 283/2010 procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000354 /2013, en los que aparece como parte apelante, Dª. Sabina, representada por el Procurador de los tribunales, D. JORGE RODRIGUEZ- MONSALVE GARRIGOS y asistida por la Letrada Dª. CONCEPCION RUIZ SANCHEZ, y como parte apelada, Dª. Catalina, representada por el Procurador de los tribunales, D. DAVID VAQUERO GALLEGO y asistida por el Letrado D. JOSE LUIS FERNANDEZ DE LAMADRID, sobre rescisión de sentencia, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 26 de Junio de 2013, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que debo desestimar la demanda interpuesta por el Proc. Sr. Rodríguez Monsalve en nombre y representación de Dª. Sabina contra Dª. Catalina, desestimando la petición de rescisión de la sentencia firme recaída en el procedimiento ordinario 283/10-J del Juzgado y ello con expresa imposición de costas a la parte demandante".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día once, en que ha tenido lugar lo acordado.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en tanto no se opongan a la presente resolución.

SEGUNDO

Desde que se presentó la demanda el procedimiento 283/10 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia el 29 de febrero de 2010 hasta que se le declaró en rebeldía por providencia de 20 de junio de 2011 han trascurrido prácticamente un año y cuatro meses, periodo durante el cual se han realizado todo tipo de gestiones para su localización.

  1. En el contrato de préstamo personal que dio origen a la reclamación de cantidad la Sra. Sabina determinó que su domicilio se encontraba en la CALLE000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 de Valladolid, razón por la cual la demanda señaló ese como domicilio habitual y allí se practicó la primera citación. No se la localizó porque al parecer ya no residía allí. Bien pudo la demandada comunicar a la prestamista su cambio de domicilio y así no se hubiera producido la citación por parte del juzgado en ese lugar. También el letrado de la actora había dirigido...

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