SAP Asturias 120/2014, 4 de Marzo de 2014
Ponente | MARIA COVADONGA VAZQUEZ LLORENS |
ECLI | ES:APO:2014:657 |
Número de Recurso | 11/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 120/2014 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OVIEDO
SENTENCIA: 00120/2014
PALACIO DE JUSTICIA DE OVIEDO, C/ COMTE. CABALLERO S/N- 5ª PLANTA
Teléfono: 985.96.87.63-64-65
213100
N.I.G.: 33044 43 2 2010 0003402
APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000011 /2014
Delito/falta: HURTO (CONDUCTAS VARIAS)
Denunciante/querellante: Carlos Miguel
Procurador/a: D/Dª PILAR ORIA RODRIGUEZ
Abogado/a: D/Dª DANIEL RODRIGUEZ RUIZ DE VILLA
Contra:
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
SENTENCIA Nº 120/2014
PRESIDENTE
ILMO. SR. DON JULIO GARCÍA BRAGA PUMARADA
MAGISTRADOS
ILMA. SRA. DOÑA COVADONGA VÁZQUEZ LLORENS
ILMO. SR. DON AGUSTÍN PEDRO LOBEJÓN MARTÍNEZ
En Oviedo, a cuatro de marzo de dos mil catorce.
VISTOS, en grado de apelación por la Sección 2ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, constituida por los Sres. del margen, los presentes autos de Juicio Oral seguidos con el nº 188/11 en el Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo (Rollo de Sala 11/14), en los que aparece como apelante : Carlos Miguel representado por la Procuradora doña Pilar Oria Rodríguez, bajo la dirección letrada de don Daniel Rodríguez Ruiz de Villa; y como apelado: El Ministerio Fiscal ; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado doña COVADONGA VÁZQUEZ LLORENS procede dictar sentencia fundada en los siguientes,
En el Procedimiento Abreviado expresado de dicho Juzgado de lo Penal se dictó sentencia en fecha 10-10-13 cuya parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos Miguel, como autor de un delito de hurto a la pena de 6 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y al pago de las costas procesales".
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación fundado en los motivos que en los correspondientes escritos se insertan y, tramitados con arreglo a derecho se remitieron los autos a esta Audiencia donde, que turnados a su Sección 2ª se procedió al señalamiento de la vista para el día 26 de febrero, conforme al régimen de señalamientos.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada y entre ellos la DECLARACIÓN DE HECHOS PROBADOS, que se da aquí por reproducida.
Contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Oviedo se interpone recurso de apelación por la representación del condenado, y tras alegar infracción del principio constitucional de presunción de la inocencia por cuanto estima que de las pruebas practicadas no ha resultado probado en modo alguno su participación en los hechos enjuiciados, así como infracción por indebida aplicación del artículo 234 del Código Penal, interesa se revoque la sentencia de instancia y se dicte otra por la que se absuelva a su representado del delito de hurto por el que fue condenado, no existiendo ni una sola prueba de cargo, y siendo a su entender abrumadora la prueba de descargo.
El Tribunal Constitucional ha venido exigiendo que la condena penal se funde en auténticos actos de prueba, obtenidos con estricto respeto de los derechos fundamentales y practicados en el juicio oral bajo la vigencia de los principios de igualdad, contradicción,...
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