SAP Santa Cruz de Tenerife 407/2013, 13 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA LUISA SANTOS SANCHEZ
ECLIES:APTF:2013:2544
Número de Recurso416/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución407/2013
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA

Ilmas. Sras.

Presidenta: (por sustitución)

Dª. MACARENA GONZÁLEZ DELGADO

Magistrados:

Dª. MARÍA LUISA SANTOS SÁNCHEZ (Ponente)

D. ÁLVARO GÁSPAR PARDO DE ANDRADE

En Santa Cruz de Tenerife, a trece de diciembre de dos mil trece.

Visto por las Ilmas. Sras. Magistradas arriba expresadas, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Santa Cruz de Tenerife, en autos de Juicio Ordinario nº 1/2012, seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Corina Melián Carrillo, bajo la dirección del Letrado D. Luis Alberto Trujillo Rodríguez, en nombre y representación de Dª. Sagrario, contra D. Pedro, Dª. Almudena, Dª. Dolores, y D. Juan Alberto, representados por la Procuradora Dª. Ruth González Sousa, bajo la dirección del Letrado D. Roberto Elices Palomar; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARÍA LUISA SANTOS SÁNCHEZ, Magistrada de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha ocho de marzo de dos mil trece, cuya parte dispositiva, - literalmente copiada-, dice así: "Que desestimando la demanda promovida por el procurador D.ª. Corina Melián Carrillo, en nombre y representación de Dª. Sagrario, defendida por el letrado D. Luis Alberto Trujillo Rodríguez contra D. Pedro, D.ª Almudena, D.ª Dolores y D. Juan Alberto, representados por el procurador Dª. Ruth González Sousa y defendidos por el letrado D. Roberto Elices Palomar, debo absolver y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos de la demanda y ello sin pronunciamiento en materia de costas procesales.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposiciòn los contrarios, remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de diez días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARÍA LUISA SANTOS SÁNCHEZ, personándose en tiempo y forma la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Corina Melián Carrillo, bajo la dirección del Letrado D. Luis Alberto Trujillo Rodríguez, los apelados se personaron por medio de la Procuradora Dª. Ruth González Sousa, bajo la dirección del Letrado D. Roberto Elices Palomar; falleciendo posteriormente la apelada Dª. Dolores, acordándose conforme a lo prevenido en el art. 16 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con suspensión del trámite del recurso, dar traslado a las partes para que dentro del plazo de diez dias alegaran lo que a su derecho conviniere, no habiéndose presentado escrito alguno, alzándose la suspensión acordada y señalándose para votación y fallo el día dieciocho de noviembre del corriente año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pretende la apelante, Doña Sagrario, actora en la precedente instancia, la revocación de la sentencia recurrida en todos sus extremos y la total estimación de la demanda por ella presentada (mediante la que ejercitaba acción tendente a la rescisión de la partición por lesión del lote hereditario que se le adjudicó, conforme al artículo 1.074 del Código Civil ), con condena en costas a la parte contraria. De forma abreviada, ha de señalarse que, como alegaciones en las que sustenta el recurso, efectúa en primer lugar un breve planteamiento del recurso y de la cuestión litigiosa a resolver, centrándola en la determinación de si el valor de los bienes a ella adjudicados por el contador-partidor es inferior en más de la cuarta parte al valor que debió corresponderle conforme a su cuota hereditaria exlegados y, más en concreto, atendiendo especialmente a la aportación por cada una de las partes litigantes de un informe pericial, además de al resto de la prueba, si los bienes adjudicados tenían a la fecha del fallecimiento de la causante un valor suficiente que permitiese defender la inexistencia de perjuicio para esa apelante en más de la cuarta parte en el reparto realizado. A continuación aduce la existencia de error en la valoración de la prueba, en especial, de la pericial aportada por una y otra parte, en relación, sobre todo, a la fijación del precio de mercado del terreno urbano adjudicado a esa apelante, exponiendo con detalle las razones por las que entiende que ha de tomarse en consideración el contenido del informe pericial por ella aportado, con explicación detallada de las valoraciones que reputa procedentes.

La parte demandada, integrada por Don Pedro, Don Juan Alberto, Doña Almudena, y Doña Dolores, aquí parte apelada, se opone al recurso y solicita su desestimación y la confirmación de la sentencia recurrida, con expresa condena en costas a la parte apelante. Rebate los motivos del recurso y señala la falta de acreditación de los requisitos precisos para el éxito de la acción rescisoria ejercida de contrario, ni siquiera el relativo al valor de los bienes hereditarios, carga probatoria que solo a la hoy apelante incumbía, indicando igualmente la existencia de errores flagrantes en la pericial aportada por esta última parte citada, y analizando con más detenimiento los diversos elementos y datos empleados por los peritos de una y otra parte a la hora de realizar la valoración de los bienes integrantes del haber hereditario.

SEGUNDO

La revisión de todo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • STS 353/2015, 22 de Junio de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 22 de junho de 2015
    ...dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 3ª) de fecha 13 de diciembre de 2013, en Rollo de Apelación nº 416/13 dimanante de juicio ordinario número 1/12, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de dicha ciudad, en virtud de demanda interpuesta por la ......
  • SAP Madrid 147/2016, 28 de Marzo de 2016
    • España
    • 28 de março de 2016
    ...pueda determinarse con referencia exclusiva a uno de los bienes, sino al valor total de los incluidos en su lote ( SAP Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª, de 13.12.2013 ). Para la reconstrucción del valor real del acervo hereditario, preciso para determinar el valor de la participación de l......
  • ATS, 25 de Noviembre de 2014
    • España
    • 25 de novembro de 2014
    ...contra la sentencia dictada el 13 de diciembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Tenerife, Sección 3ª en el rollo de apelación n.º 416/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de - Mediante diligencia de ordenación......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR