STSJ Comunidad de Madrid 59/2014, 22 de Enero de 2014
Ponente | MIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE |
ECLI | ES:TSJM:2014:1650 |
Número de Recurso | 82/2012 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 59/2014 |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso nº 82/2012
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Octava
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2012/0000538
Procedimiento Ordinario 82/2012 P - 02
SENTENCIA Nº 59
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
DÑA. INÉS HUERTA GARICANO
MAGISTRADOS:
D. MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE
DÑA. EMILIA TERESA DÍAZ FERNÁNDEZ
D. FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ GRAGERA
En Madrid, a veintidós de enero de dos mil catorce
VISTO por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso nº 82/2012, interpuesto por INDUSTRIAS QUÍMICAS DEL VALLÉS, S.A., representada por el Procurador Don Francisco Velasco Muñoz-Cuéllar y defendida por el Letrado Don Jorge Robles González, contra la resolución del Secretario General del Medio Rural de 7 de noviembre de 2011 que inadmitió por falta de legitimación el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos de 5 de abril de 2011, que declaró completa la documentación relativa al Anexo II de la sustancia activa "metalaxil" de procedencia Sapec Agro, S.A.. Siendo parte demandada la Administración del Estado, representada por el Abogado del Estado, y codemandada la entidad SAPEC AGRO, S.A., representada por la Procuradora Doña Matilde Carmen Tello Borrell y defendida por el Letrado Don Tomás González Cueto.
Ha sido ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. Don MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE.
Interpuesto el recurso y remitido el expediente, la parte actora formalizó el escrito de demanda en el que, tras las correspondientes alegaciones, solicitó se dictara sentencia revocando la resolución recurrida de inadmisión del recurso de alzada por su disconformidad a derecho y anulando la resolución de 5 de abril de 2011.
El Abogado del Estado contestó la demanda solicitando se dictara sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución recurrida. La representación procesal de la entidad codemandada, en el mismo trámite, solicitó se dictara sentencia inadmitiendo el recurso y, subsidiariamente, desestimando las pretensiones deducidas de contrario.
No habiéndose recibido el recurso a prueba, se acordó que las partes formularan escritos de conclusiones, lo que efectuaron por su orden, señalándose luego para votación y fallo el día 8 de octubre de 2013, lo que tuvo lugar.
Según resulta del expediente administrativo, por Resolución de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente Rural y Marino de 5 de abril de 2011, se acordó declarar completo el dossier del Anexo II de la sustancia activa metalaxil de procedencia Sapec agro S.A., a los efectos de la autorización de comercialización de los productos fitosanitarios para los que había dado acceso a su documentación.
Se invocaba en esta resolución la Directiva 2010/28/UE de la Comisión, de 23 de abril, que modificó la Directiva 91/414/CE del Consejo a fin de incluir la sustancia activa metalaxil en su Anexo I, y que estableció la fecha de 31 de diciembre de 2010 para el cumplimiento de las condiciones del artº 13 de la Directiva del Consejo, así como el artº 15.3.a) del R.D. 2163/1994, de 4 de noviembre, que implantó el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, estableciendo que la autorización de un producto fitosanitario se concederá para un periodo de hasta diez años siempre que sus sustancias activas estén inscritas en la lista comunitaria y se cumplan las necesidades establecidas en la misma.
Contra dicha resolución la entidad ahora demandante "Industrias Químicas del Vallés, S.A." (IQV) interpuso recurso de alzada en fecha 9 de mayo de 2011 en el que solicitaba la anulación de aquélla y que se declarase incompleta la documentación relativa al Anexo II de la sustancia activa metalaxil de procedencia Sapec Agro, S.A., acordando también la suspensión y retirada de las autorizaciones de comercialización de productos fitosanitarios que contuvieran dicha sustancia de la referida procedencia.
En las alegaciones efectuadas en dicho recurso se aducía la infracción del artº 3.1 de la Directiva 2010/28/UE de la Comisión .
Se alega en este sentido que a 31.12.2010 Sapec no había aportado los estudios requeridos, no contando en esa fecha con una documentación o dossier completo del Anexo II de la Directiva y la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos al no haber presentado aquella entidad los estudios requeridos, no podía declarar completa la documentación del Anexo II de la sustancia activa metalaxil de procedencia Sapec, y...
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