STSJ Galicia 1116/2014, 13 de Febrero de 2014
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2014:1375 |
Número de Recurso | 6096/2011 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1116/2014 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
SECRETARIA BARRIO CALLE - BC
-PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2011 0002251
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0006096 /2011
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000539 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE
Recurrente/s: Belarmino, Eloy, Hipolito, Melchor
Abogado/a: CELIA PEREIRA PORTO
Recurrido/s: CONSTRUCCIONES DABALPO SLU, ESTRUCTURAS DABALPO SL, UTE LAVACOLLA
Abogado/a: JOSE ANTONIO PEREZ FERNANDEZ, JOSE ANTONIO PEREZ FERNANDEZ,
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
En A CORUÑA, a trece de Febrero de dos mil catorce.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0006096 /2011, formalizado por la LETRADA D/Dª CELIA PEREIRA PORTO, en nombre y representación de Belarmino, Eloy, Hipolito, Melchor, contra la sentencia número 614 /2011 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento DEMANDA 0000539 /2011, seguidos a instancia de Belarmino, Eloy, Hipolito, Melchor frente a CONSTRUCCIONES DABALPO SLU, ESTRUCTURAS DABALPO SL, UTE LAVACOLLA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/ Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Belarmino, Eloy, Hipolito, Melchor presentó demanda contra CONSTRUCCIONES DABALPO SLU, ESTRUCTURAS DABALPO SL, UTE LAVACOLLA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 614 /2011, de fecha diecisiete de Octubre de dos mil once .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
Los actores han venido prestando servicios para las codemandadas CONSTRUCCIONES DABALPO S.L.0 Y ESTRUCTURAS DABALPO S.L.U, con la categoría y antigüedad siguientes: - Belarmino
.- 22-5-07, oficial 2a- encofrador, prestando servicios durante algunos días de los meses de noviembre y diciembre de 2010, a los que la reclamación se contrae, periodo en el que estuvo desplazado en Santiago, tanto en el aeropuerto de Lavacolla, como en la nave de Sigüeiro. Estuvo de baja del 21/12/10 hasta 21/01/11. - Eloy
.- 1-2-07, oficial 2a-encofrador prestando servicios durante algunos días los meses de octubre y noviembre de 2010, así como enero y febrero de 2011, a los que la reclamación se contrae, periodo en el que estuvo desplazado en Santiago, tanto en el aeropuerto de Lavacolla, como en la nave de Sigüeiro. Estuvo de baja del 14/02/11 hasta el 18/02/11. - Hipolito .- 23-6-08, oficial 2a-encofrador prestando servicios durante algunos días de los meses de octubre y noviembre de 2010, así como enero y febrero de 2011, a los que la reclamación se contrae, periodo en el que estuvo desplazado en Santiago, tanto en el aeropuerto de Lavacolla, como en la nave de Sigüeiro. - Melchor .- 1-3-07, oficial 2a-encofrador prestando servicios durante algunos días de los meses de octubre y noviembre de 2010, así como enero y febrero de 2011, a los que la reclamación se contrae, periodo en el que estuvo desplazado en Santiago, tanto en el aeropuerto de Lavacolla, como en la nave de Sigüeiro.
Las empresas CONSTRUCCIONES DABALPO S.L.0 Y ESTRUCTURAS DABALPO S.L.U, tienen el mismo domicilio s. en c/ Xoan de Novoa 4, el mismo objeto social, el mismo administrador, y los trabajadores pasan de una empresa a otra sin solución de continuidad, existiendo una subcontrata respecto de UTE LAVACOLLA. TERCERO.- Los actores no ostentan ni han ostentado la condición de representante legal de los trabajadores. CUARTO.- El 2-08-11 se celebró conciliación frente a las demandadas sin avenencia en la UMAC, presentando demanda en el decanato el día 30-08-11.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda interpuesta por Belarmino, Eloy, Hipolito Y Melchor
, representados por la letrada Sra. Celia Pereira Porto, frente a CONSTRUCCIONES DABALPO S.L.0 Y ESTRUCTURAS DABALPO S.L.U, así como frente a UTE LAVACOLLA, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Recurren los actores demandado la Sentencia desestimatoria de su demanda, solicitando -vía artículo 191.a) LPL - la reposición de las actuaciones al estado en que se encontraban en el momento de haberse infringido normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión ( artículo 218 LEC y 81.1 LPL ), la alteración -a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Galicia 3825/2014, 17 de Julio de 2014
...-; 18/07/08 -rcud 437/07 - 12/05/09 -rcud 2153/07 -; y 21/10/10 -rco 208/08 -; y, entre muchas, SSTSJ Galicia 20/03/14 R. 4508/13, 13/02/14 R. 6096/11, 11/02/14 R. 4119/13, 21/01/14 R. 4951/11, Es evidente que el deber de negociar no se puede confundir con la obligación de convenir, ni con ......
-
STSJ Galicia 3752/2014, 17 de Julio de 2014
...-; 18/07/08 -rcud 437/07 - 12/05/09 -rcud 2153/07 -; y 21/10/10 -rco 208/08 -; y, entre muchas, SSTSJ Galicia 20/03/14 R. 4508/13, 13/02/14 R. 6096/11, 11/02/14 R. 4119/13, 21/01/14 R. 4951/11, Es evidente que el deber de negociar no se puede confundir con la obligación de convenir, ni con ......
-
STSJ Galicia 4874/2014, 7 de Octubre de 2014
...la cuestión de la distribución de la carga de la prueba, tal como tenemos señalado en precedentes ocasiones -valgan por todas, SSTSJ Galicia 13/02/14 R. 6096/12, 05/12/13 R. 3640/11, 06/07/12 R. 1945/12, 16/04/12 R. 3795/08, 20/09/11 R. 5883/07, 28/04/11 R. 4348/07, etc.- y conforme a reite......
-
STSJ Galicia 1905/2014, 21 de Marzo de 2014
...de ellas ha de calificarse como mera cuestión de redacción o estilo, ajena a la finalidad de la Suplicación (valgan por todas, SSTSJ Galicia 13/02/14 R. 6096/11, 30/01/14 R. 4943/11, 25/11/13 R. 3244/11, 20/11/13 R. 3937/11, 08/11/13 R. 2798/13, etc.), que carecen de trascendencia, ya que e......