SAP Valencia 160/2014, 12 de Febrero de 2014

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Febrero 2014
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 2 (penal)
Número de resolución160/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

N.I.G.: 42650-37-1-2013-0007626.

Rollo de Apelación Sentencia Procedimiento Abreviado N° 241/2013.

Antes. Juicio Oral de Procedimiento Abreviado n° 312/2011 del Juzgado de lo Penal n°2 de Valencia (dimanante del Procedimiento Abreviado nº 2/2008 del Juzgado de Instrucción n° 17 de Valencia).

F/Dª. Adoración Cano Cuenca.

SENTENCIA N° 160/14

SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE (ponente).

MAGISTRADOS

Dª. DOLORES HERNÁNDEZ RUEDA.

D. SALVADOR CAMARENA GRAU.

En la ciudad de Valencia, a 12 de febrero de 2014.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por la y los magistrada/os anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 542/2012, de fecha 19 de noviembre de 2012, pronunciada por el Magistrado-Juez Sustituto del Juzgado, de lo Penal número 2 de Valencia, en el Juicio Oral en Procedimiento Abreviado seguido en el expresado Juzgado con el número 312/2011, por delitos de lesiones y daños por imprudencia grave.

Han sido partes en el recurso,

  1. Como apelantes y/o adheridos a la apelación:

  1. D. Braulio Diego, representado por el Procurador D. JOSÉ VICENTE FERRER FERRER y defendido por el letrado D. BLAS PROSPER LORENTE.

  2. El MINISTERIO FISCAL, representado por Dª. ADORACIÓN CANO CUENCA.

  3. AXA SEGUROS, GENERALES SA, (antes AXA AURORA IBÉRICA S.A Y WINTERTHUR S.A), representadas por el Procurador Sra. Gasco Cuesta, y defendida por el Letrado D. JOAQUÍN V. GONZÁLEZ SEMPERE.

  4. D. Fabio Jacinto, representado por el Procurador Sra. Sanchís Mendoza, y defendida por el Letrado

    D. JOSÉ MANUEL PÉREZ ESCRIVÁ. e. HELVETIA SEGUROS S.A. representada por el Procurador Sr. Just Villaplana, y defendida por el letrado D. JOSÉ JORGE DE JUAN TOMÁS.

  5. D. Victorino Urbano, CORPORACIÓN MEDITERRÁNEO MUDEJAR, Dª. Dolores Ruth y Dª. Sonia Felicidad representados por la Procuradora Sra; Gastaldi Orquín, y defendida por la Letrada Dª. RAQUEL ROS ESCRIVÁ.

  6. OCASO S.A, representada por el Procurador Sra, Lucena Herráez, y defendida por el Letrado D. ELADIO VALCÁRCEL ARNAO.

  7. SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, representada por el Procurador Sra. Fos Fos, y defendida por la Letrada Dª. Mª LUISA GUSTOS GÓMEZ.

  8. FÉNIX DIRECTO CÍA SEG Y REA, representado por el Procurador Sra. Sanchís Mendoza, y defendida por la Letrado Dª. EVA Mª SORIANO SÁNCHEZ.

  9. MAPFRE SEGUROS GENERALES SA y MUTUA VALENCIANA AUTOMOVILÍSTICA representados por la Procurador Sra. Gómez Escrihuela, y defendida por la Letrado Dª. Mª ISABEL CASTILLO SÁNCHEZ.

  10. GES SEGUROS S.A, representada por la Procuradora Sra. Sin Sánchez, y defendida por el Letrado

    D. JOSÉ VICENTE VANACLOIG ANTEQUERA.

  11. ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA, representada por la Procuradora Sra. Mañez Castellano.

  12. PELAYO MUTUA DE SEGUROS, representado por el Procurador Sra. Martínez Gómez, y defendida por el Letrado D. BORJA MORATA SÁNCHEZ-TARAZAGA.

  13. SEGUROS GENERALES RURAL S.A DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el Procurador Sr. Sanz Ossset, y defendida por la Letrado Dª. A. GARCÍA CANO,

  14. ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S A, representada por la Procuradora Sra. Porras Berti, y defendida por el Letrado D PABLO SOLER ÁLVAREZ.

  15. D. Obdulio Ivan y DIRECCION000 C.B., representados por la Procuradora Sra. García de la Cuadra Rubio, y defendido por el Letrado D. VICENTE ELUM MACIAS.

  16. MUTUA GENERAL DE SEGUROS -hoy MGS SEGUROS Y REASEGURO S.A.-, representada por La Procuradora Sra Ferrer García-España, y defendida por el Letrado D. VICENTE ELUM MACIAS.

  17. ESTRELLA SEGUROS y BANCO VITALICIO SA, representados por la Procuradora Sra. Ferrer Garcia-España y defendidos por la Letrada Dª. ÁNGELES CAPDEVILA GRACIA.

  18. D. Roberto Fabio, representado por la Procuradora Sra. Calvo Barber, y defendido por el Letrado

    D. FCO. JAVIER FUERTES VIDAL.

  19. KARELY, SCP, representada por el Procurador Sra. Jiménez Tirado, y defendida por el Letrado D. MIGUEL A. RAMÍREZ PEIRO.

  20. LIBERTY SEGUROS S.A, representada por el Procurador Sra. Merino Chelos, y defendida por el Letrado D. VICENTE J. YUSTE NAVARRO.

  21. D. Blas Jacobo, representada por la Procurador Sra. Ferrer García-España, y defendido por la Letrado Dn. MARÍA CLEMADES PLANELLS.

  22. ERGO GENERALIS SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Sra. Porras Berti, y defendida por la Letrado Dª. MARGARITA TERRÁDEZ MARCO.

    1. Como apelados.

  23. D. Imanol Vicente y PIROTECNIA QUILES SL, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Domingo Roig. Y defendido por el Letrado D. Luis Felipe Alfaro Panach.

  24. D. Eladio Lucio y la COMISIÓN DE LA FALLA AZCÁRRAGA-FERNANDO EL CATÓLICO, representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pérez Samper, y defendido por el Letrado D. Eduardo Soler Álvarez.

  25. ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS; representada por el Procurador Sra. Pérez Samper, y defendida por el Letrado D. Eduardo Soler Álvarez. d. GENERALI ESPAÑA S.A. representada por el procurador D. JOSÉ FIDEL NOVELLA ALARCÓN y defendida por la letrada Dª. CARMEN REY PORTOLES.

  26. MAPFRE GLOBAL RISK, representada por la procuradora Dª. BEGOÑA CAMPS SAEZ y defendida por el Letrado D. Carlos Fornés Vivas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

PRIMERO

El día 1 de febrero de 2007, la Comisión Fallera de la C/ Azcarraga-Fernando El Católico de Valencia, á través de su presidente, D. Eladio Lucio contrató con la mercantil PIROTECNIA QUILES SL dedicada a la fabricación, instalación y disparo de fuegos artificiales y cuyo administrador único es D. Placido Urbano, la fabricación, instalación y el disparo del programa de fuegos de artificio que tendrían lugar ese año durante la celebración de las fiestas falleras. Para el día 16 de marzo de 2007, se había convenido el suministro de seis rollos de traca china para el acto de la bicimascletá, y el suministro, instalación y disparo de 250 metros de traca valenciana colgada.

SEGUNDO

De acuerdo con lo pactado, el acusado, D Imanol Vicente, empleado e instalador de actos pirotécnicos de la mercantil PIROTÉCNICA QUILES SL sita en la localidad de Turis, el día 16 de marzo de 2007 partió del almacén de la citada mercantil con destino a la falla Azcarraga Gran Via Fernando El Católico a los mandos de la furgoneta Iveco modelo-35S11, con placas de matrícula .... TKL que contaba con el preceptivo sistema ADR para él transporte de material pirotécnico y las correspondientes placas que identificaban el transporte de estas mercancías, portando en la zona de carga el material pirotécnico contratado para ese día por la falla Azcarraga-Gran Via Fernando El Católico. Junto a dicho material, también transportaba el contratado por la falla Pío XI que debía ser objeto de instalación ese mismo día, y qué consistía en una mascletá nocturna, por lo que el material pirotécnico que portaba consistía en traca de cuerda valenciana, traca el china, baterías o cajas chinas de color, grupos, terremotos y carcasas de color y trueno. Igualmente llevaba las herramientas necesarias para la instalación de estos dos actos, tales como largueros de metal baterías de tubos para lanzamiento de carcasas y morteros, y cuerdas, siendo el peso bruto de la carga que portaba superior a 50 kilogramos. Las citadas herramientas iban sin atar o estar sujetas entre si.

TERCERO

Entre las 11:00 y las 11:15 horas, D. Imanol Vicente llego a la C/ Azcárraga de Valencia, cuya anchura es de 9,5 metros, y tras rebasar una de las zonas de fuegos autorizada para la falla AzcárragaGran Vía Fernando El Católico, que se encontraba situada en el seto central de la Gran Vía frente a C/ Borrul, accedió a la C/ Azcarraga por la Gran Vía Fernando el Católico, retirando una valla de las que cortaban el acceso a dicha calle y restringían el tráfico, e hizo maniobra en misma calle para orientar la furgoneta con dirección hacia la Gran Vía, estacionando finalmente la furgoneta en la calzada a la altura de un solar que se situaba en el número 28. Tras bajar de la furgoneta y dirigirse al fallero Sr. Esteban Arturo, comenzó la instalación de la traca valenciana en la calle Azcárraga, zona de fuego autorizada para la citada comisión fallera por la Resolución del Ayuntamiento de Valencia nº105-C, de fecha 23.02.2007, sin poner en conocimiento de los miembros de la comisión fallera que portaba mas material pirotécnico en la furgoneta. En dicho momento, en la calle Azcárraga había vehículos estacionados y mesas del casal.

CUARTO

D. Imanol Vicente comenzó con la instalación de la traca valenciana colgada, manteniendo la furgoneta bajo su vigilancia, proceso durante el cual tuvo que abrir y cerrar en varias ocasiones las puertas de la zona de carga de la furgoneta, con el fin de coger el material pirotécnico necesario, pues la traca la valenciana venia en fardos de 50 metros, de modo que tenía que realizar los empalmes necesarios con el fin de instalar fa totalidad de la traca contratada. Durante dicho proceso de instalación, los niños pertenecientes a la comisión fallera estaban realizando un juego denominado yincana, entrando y saliendo de los comercios de la zona con el fin de realizar las pruebas que debían superar.

QUINTO

El acusado D. Eladio Lucio, presidente de la comisión fallera, no se encontraba en el lugar en el momento en que el acusado D. Imanol Vicente comenzó con las labores de montaje, llegando sobre las 12:30 horas, y observando...

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