SAP Cádiz 26/2014, 30 de Enero de 2014

PonenteBLAS RAFAEL LOPE VEGA
ECLIES:APCA:2014:12
Número de Recurso17/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución26/2014
Fecha de Resolución30 de Enero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN OCTAVA

con sede en Jerez de la Frontera

S E N T E N C I A N º 26/2014

Magistrado

Don Blas Rafael Lope Vega

Apelación de juicio de faltas n º 17/14-AA

Juzgado de procedencia: Juzgado de Instrucción n º 1 de Jerez de la Frontera.

Juicio de Faltas n º 1.023/2013

En Jerez de la Frontera a treinta de enero de dos mil catorce.

La sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, constituida unipersonalmente por tratarse de un juicio de faltas, ha visto el recurso de apelación formulado contra la sentencia dictada el 20 de noviembre de 2013 en el juicio de faltas arriba indicado. Es apelante doña Cecilia . Es apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida ha condenado a doña Cecilia a una pena de multa de 40 días con cuota diaria de 4 euros como autora de una falta de hurto del artículo 623.1º del código penal . La sentencia también condena a la denunciada al pago de las costas.

SEGUNDO

La sentencia recurrida contiene la siguiente declaración de hechos probados: "Resulta probado y así se declara que sobre las 8:30 horas del día 23 de agosto de 2013, doña Cecilia entró en el establecimiento "Primark" sito en el centro comercial Área Sur de Jerez de la Frontera y sustrajo, con ánimo de lucro ilícito, diversos artículos por valor de 20'50 euros y que, requerida por el vigilante de seguridad, pues se disponía a abandonar el centro sin hacer efectivo el pago de la mercancía, fue identificada, recuperando el centro la citada mercancía, que resultó apta para la venta."

TERCERO

La sentencia ha sido recurrida en apelación por la condenada que solicita que no se le imponga ninguna sanción. Argumenta la apelante que no tiene antecedentes, que creyó que todo estaba pagado, que los artículos que llevaba sin pagar valían entre 10 y 15 euros y que ella quiso abonarlos, dándose cuenta de su error, pero que no se lo permitieron y que los vigilantes actuaron con afán de denunciarla. El Ministerio Fiscal se ha opuesto al recurso de apelación y ha solicitado la confirmación de la resolución recurrida por considerar que el resultado de la prueba practicada respalda la condena impuesta. Tras la tramitación del recurso las actuaciones fueron remitidas a esta sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, siendo turnadas al...

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