SAP Salamanca 33/2014, 18 de Febrero de 2014

PonenteJUAN JACINTO GARCIA PEREZ
ECLIES:APSA:2014:30
Número de Recurso370/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución33/2014
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00033/2014

SENTENCIA NÚMERO 33/14

ILMO SR PRESIDENTE

DON ILDEFONSO GARCÍA DEL POZO

ILMOS SRES MAGISTRADOS

DON ANGEL S. CARABIAS GRACIA

DON JUAN JACINTO GARCÍA PÉREZ

En la ciudad de Salamanca a dieciocho de Febrero del año dos mil catorce.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio de Liquidación de Sociedad de Gananciales Nº 287/2012 del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ciudad Rodrigo, Rollo de Sala Nº 370 /2.013 ; han sido partes en este recurso: como demandante apelada DOÑA Zaira, representada por la Procuradora Doña Clara Martín Niño, bajo la dirección de la Letrada Doña María del Pilar Benito Hernández y; como demandado apelante DON Sabino, representado por el Procurador Don Fernando Alvarez Blanco, bajo la dirección del Letrado Don Manuel Angel Barbero García .

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día veinticinco de Julio de dos mil trece, por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Ciudad Rodrigo, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimo parcialmente la solicitud presentada por la Procuradora Dña. Clara Martín Niño en la representación procesal que ostenta de Dña. Zaira, sobre formación de inventario de la sociedad de gananciales, en lo referido a la inclusión en el activo de la sociedad del establecimiento mercantil y negocio de comercio consistente en Expendeduría de tabaco sito en la calle San Fernando Nº 8 de Ciudad Rodrigo, no así la licencia administrativa que es privativa de D. Sabino, por el contrario los 2.000 euros de litisexpensas deberán incluirse en el activo de la sociedad como crédito frente a Dña. Zaira, y en consecuencia apruebo la inclusión en el inventario de la sociedad de gananciales de las siguientes partidas, cuya administración y disposición en todo caso seguirá rigiéndose como hasta la fecha de acuerdo con el régimen general previsto en los artículos

    1.375 y siguientes del Código Civil, sin acceder a ninguna de las pretensiones que sobre esta cuestión ha realizado Dña. Zaira :

    ACTIVO:

    1. - Finca urbana, Piso-vivienda, sito en Ciudad Rodrigo, CALLE000 número NUM000, planta NUM001, junto con su mobiliario, ropas y menajes que se encuentran en el mismo.-2ª- Finca urbana, número NUM002, NUM003 y NUM000 NUM004 - local de negocio, en la planta baja del edificio radicante en el término municipal y casco urbano de Ciudad Rodrigo, en la calle Mateo Hernández Vegas, y San Fernando, sin número ( hoy número 8- 10), con entrada por la calle San Fernando.- 3ª.- Finca Urbana número NUM005 ( NUM005 ). Local (Garaje) de la planta NUM006 del edificio radicante en el término municipal y casco urbano de Ciudad Rodrigo extramuros de la CALLE000, número NUM000, fiscalmente número NUM007 .

    2. -Finca urbana, número NUM005 Local (Garaje) de la planta baja del edificio radicante en el término municipal y casco urbano de Ciudad Rodrigo, extramuros de la CALLE001, número NUM007 .

    3. - Dos participaciones indivisas (3,04%) de la finca Parcela 138, polígono nº 20 de Agueda del Caudillo.

    4. - Establecimiento mercantil y negocio de comercio de Expendeduría de tabaco sito en el local ubicado en la calle San Fernando Nº 8 de Ciudad Rodrigo.

    5. - Vehículo marca Audi A-4 con matrícula ....NNN .

    6. - Vehículo marca Opel Aguila con matrícula ....XXX

    7. - Motocicleta Piaggio X8 125 con matrícula ....GGG

    8. - Cuenta a la vista Libreta Estrella abierta en la Caixa identificada en el certificado de 25 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    9. - Unit Linked, Segurfon abierta en la Caixa identificada en el certificado de 25 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    10. -Renta fija Grupo Caixa abierta en dicha entidad e identificada en el certificado de 25 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    11. - Renta variable Caixa identificada en el certificado de 25 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    12. - Seguro de vida ahorro abierto en la entidad Caja Badajoz identificado en el certificado de 24 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    13. - Cuenta de ahorro abierta en la entidad Caja Badajoz identificada en el certificado de 24 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    14. -Cuenta corriente abierta en la Entidad Caja España Caja Duero, identificada en el certificado de 28 de enero de 2.013, indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    15. - Las dos cuentas Vista/Ahorro abiertas en la entidad BBVA identificadas en el certificado de 25 de enero de 2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    16. - Depósitos a plazo abiertos en la entidad BBVA identificados en el certificado de 25 de enero de

      2.013 indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    17. - Planes de Pensiones abiertos en la entidad BBVA identificados en el certificado de 25 de enero de 2.013, indicado en la propuesta de inventario hecha por el demandado, que ha sido aceptado por ambas partes, sin perjuicio de lo que resulte de su cuantía y avalúo posterior.

    18. - Crédito de la sociedad de gananciales contra Dña. Zaira por importe de 2.000 euros por retirada de efectivo ganancial el día 3 de enero de 2.013, para pago de provisión de fondos a su Letrado y Procurador, sin intereses al no haber sido solicitado por D. Sabino .

      PASIVO:

    19. - Préstamo hipotecario de la Caixa identificado en la propuesta de inventario de ambas partes.

    20. - Aval de BBVA identificado en la propuesta de inventario de ambas partes.

      Todo ello sin hacer expresa condena en cuanto a las costas procesales." 2º.- Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la revocación de la resolución recurrida, dictándose otra en la que se declare: 1.-Que el negocio de comercio consistente en Expendeduría de tabaco sito en la calle San Fernando nº 8 de Ciudad Rodrigo, tiene el carácter de privativo y por tanto al igual que la licencia administrativa, pertenece única y exclusivamente a D. Sabino, considerándose un bien de los comprendidos en el artículo 1346.2 del Código Civil .- 2.- Que consecuencia de lo anterior, referido negocio no puede formar parte del Activo de la Sociedad de Gananciales, determinándose únicamente como ganancial, aquellos bienes que con respecto al negocio se hallaran comprendidos en el artículo 1347, apartados 1 y 3 del C. Civil, como son el local donde se desarrolla el negocio, el mobiliario, las existencias, equipos e instalaciones; así como los rendimientos que se hubieran obtenido por el negocio del estanco durante la vigencia del matrimonio y hasta el cese de la convivencia conyugal.- 3.- Respecto de las costas, se declare lo procedente en derecho . Dado traslado de la interposición del recurso a la contraparte, por la legal representación de ésta se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte apelante.

  2. - Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día catorce de Noviembre de dos mil...

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