ATS, 11 de Febrero de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:718A
Número de Recurso1478/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Febrero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SA" se presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 16 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 4ª) en el rollo de apelación nº 25/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 656/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Orotava.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 13 de junio de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de TREINTA DÍAS, para que pudieran personarse ante dicho Tribunal si les conviniere, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes personadas con fecha 17 de junio de 2013.

  3. - Formado el presente rollo, por el procurador Sr. García San Miguel y Orueta se ha presentado escrito con fecha 19 de junio de 2013, en nombre y representación de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SA", personándose en concepto de parte recurrente. De igual forma, el procurador Sr. Ruipérez Palomino presentó escrito con fecha 20 de junio de 2013, en nombre y representación de "MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, SA", personándose en concepto de parte recurrida. No se ha personado, sin embrago, ante esta Sala la entidad "GARCILÉN, SL"

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SA", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que, en el plazo de veinte días, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SA" contra la sentencia dictada, en fecha 16 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (Sección 4ª) en el rollo de apelación nº 25/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 656/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Orotava.

  2. - Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS, formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la secretaría.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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