SAP Madrid 5/2014, 27 de Enero de 2014

PonenteLOURDES CASADO LOPEZ
ECLIES:APM:2014:158
Número de Recurso9/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución5/2014
Fecha de Resolución27 de Enero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 29

MADRID

SENTENCIA: 00005/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 29

Rollo: PO 9/2012

Órgano Procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE ALCALÁ DE HENARES

Proc. Origen: SUMARIO Nº 1/12

SENTENCIA Nº 5/14

Ilmos. Sres. Magistrados de la Sección 29ª

Presidente:

D. JOSÉ ANTONIO ALONSO SUÁREZ (Presidente)

Magistrados:

Dña. LOURDES CASADO LÓPEZ (Ponente)

D. JOAQUÍN DELGADO MARTÍN

En Madrid, a 27 de enero de 2014

Vista en juicio oral y público, ante la Sección Vigésimo Novena de esta Audiencia Provincial la causa registrada al número de rollo PO 9/12, procedente del Juzgado de Instrucción número 2 de Alcalá de Henares, seguida por los trámites del sumario ordinario, al número 1/12, por delitos de homicidio, lesiones y amenazas, contra el procesado D. Alvaro con DNI número NUM000, mayor de edad, nacido en Madrid, el día NUM001 /1976, hijo de Daniel y de Marí Luz, con domicilio en C/ DIRECCION000 nº NUM002 de Sotolargo (Guadalajara), sin antecedentes penales y en situación de prisión provisional por esta causa; en la que ha sido partes EL MINISTERIO FISCAL representado por el Ilmo. Sr. D. César de Rivas Montenegro; como acusación particular D.ª Elsa, representada por Procurador D. José Luis Torrijos León y defendida por la letrada D.ª Mercedes Martínez López; Dª Magdalena representada por el Procurador D. Juan Luis Senso Gómez y defendida por la letrada D.ª M.ª del Carmen Maicas Herranz; LA ABOGACÍA DEL ESTADO representada por D.ª Katherine Fraile Comtois y el referido procesado, representado por Procuradora Dª Gema Martín Hernández y defendido por Letrada D.ª Mariana Ivanov Yordanova. Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. LOURDES CASADO LÓPEZ, quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de homicidio del art. 138 Código Penal, un delito de amenazas del art. 169.2 CP y un delito de lesiones del art. 147 CP, siendo el procesado D. Alvaro responsable criminal en concepto de autor, concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez del art. 21.7 CP, solicitando por el delito de homicidio la pena de 12 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; por el delito de amenazas la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y por el delito de lesiones la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena. Como responsabilidad civil indemnizará a Elsa como representante legal de la hija menor del fallecido y como daño moral en 170.000 euros; a Elsa como pareja sentimental del fallecido y como daño moral en 150.000 euros y a Elsa por las lesiones sufridas en 9000 euros.

SEGUNDO

La acusación particular constituida por Elsa calificó los hechos en los mismos términos que el Ministerio Fiscal solicitando las mismas penas y las mismas cantidades en concepto de responsabilidad civil.

La acusación particular constituida por Magdalena calificó los hechos como constitutivos de un delito de asesinato del art. 139.3º CP y subsidiariamente un delito de homicidio del art. 138 CP . Solicitando para el procesado Alvaro en concepto de autor y en quien no concurre ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal la pena de 20 años de prisión, accesorias y costas y que por vía de responsabilidad civil indemnice a Magdalena en la suma de 150.000 euros.

La abogacía del Estado calificó los hechos en los mismos términos que el Ministerio Fiscal. Se adhiere a las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y como responsabilidad civil se condene a Alvaro a reintegrar al Estado las cantidades que como consecuencia de la muerte de Valeriano han sido satisfechas en la suma de 25.560,48 euros.

TERCERO

La defensa de Alvaro solicitó la libre absolución para su defendido por concurrir la eximente completa de legítima de defensa en relación al homicidio, la libre absolución por el delito de lesiones y amenazas y subsidiariamente calificar los hechos como homicidio imprudente del art. 142 CP, concurriendo la circunstancia atenuante del art. 21.7 de embriaguez y la circunstancia atenuante de confesión del art. 21.4 CP .

CUARTO

El juicio oral se ha celebrado el día 21 de enero de 2014, habiéndose procedido a continuación a la deliberación, votación y fallo.

HECHOS PROBADOS

De la valoración de la prueba practicada, resulta probado y así se declara que sobre las 15:30 horas del día 12 de abril de 2011 cuando Valeriano y su pareja sentimental Elsa se encontraban en un establecimiento público de la localidad de Alcalá de Henares, contactaron con la pareja formada por el procesado Alvaro, con DNI NUM000, mayor de edad, nacido el NUM001 .1976, sin antecedentes penales y su pareja sentimental Cristina fallecida el día 13 de agosto de 2013.

A partir de dicho momento ambas parejas estuvieron juntas toda la tarde consumiendo bebidas alcohólicas, en otro establecimiento y en un parque cercano, hasta que sobre las 22:30 horas se marcharon al domicilio de Valeriano y Elsa sito en la CALLE000 nº NUM003 de Alcalá de Henares, donde iban a pernoctar los procesados al no poder acudir a su domicilio ubicado en otra localidad. En dicho domicilio procedieron a cenar, consumir bebidas alcohólicas, hasta que sobre las 2:00 horas aproximadamente surgió una discusión por causas no acreditadas en el transcurso de la cual Cristina agarró a Elsa impidiéndola salir de una de las habitaciones donde se encontraban los cuatro, saliendo Valeriano y detrás de él el procesado Alvaro . Ambos se enzarzaron en una pelea, no quedando acreditado quien portaba las dos armas blancas que se localizaron. Pero en un momento dado el procesado utilizó primero un cuchillo de cocina y después una navaja tipo mariposa, y con el propósito de acabar con la vida de Valeriano se las clavó en varias partes del cuerpo produciéndole 96 heridas cortantes más 4 puntos hemorrágicos, además de erosiones y escoriaciones. Las heridas se localizaron en hemidorso izquierdo, derecho, cuello, mentón, parte anterior del cuello, miembro superior derecho, izquierdo, antebrazo, ambas manos, codo, hombro, zona cráneo facial, tórax y abdomen. Las heridas del tórax, en número de tres fueron las últimas y determinaron su fallecimiento, al afectar la víscera cardíaca, provocando un shock hipovolémico derivado de la intensa pérdida de sangre y el fallo de la bomba cardíaca. Mientras se desarrollaba la agresión, Valeriano gritaba pidiendo auxilio, al tiempo que trataba de defenderse, siendo herido por ello en antebrazos, codos y manos.

Mientras tanto Elsa se encontraba con Cristina en otra habitación escuchando como gritaba su pareja y pedía auxilio diciendo " Elsa me están matando", no pudiendo hacer nada al encontrase sujeta por Cristina

. Acudiendo a la habitación Alvaro quien mostrando a Elsa su antebrazo con cortes sangrantes, le dijo "mira lo que me ha hecho tu marido, como llames a la policía te mato a ti y a tu hija" al tiempo que le daba una patada en la espalda mientras ella estaba tendida en el suelo. Elsa consiguió salir de la habitación acudiendo en auxilio de su hija de once meses de edad que se hallaba en la cuna ubicada en el dormitorio de la pareja, siendo en ese momento agarrada por Alvaro y Cristina, quienes la tiraron sobre la cama, la desnudaron y sujetaron. Consiguiendo finalmente escapar y tras coger al bebe salió fuera del domicilio, no consiguiendo salir hasta la vía pública, al encontrarse cerrada la cancela de hierro que impedía el acceso a dicha vivienda y la contigua.

Como consecuencia de estos hechos Elsa sufrió lesiones consistentes en hematomas generalizados en brazos, piernas y espalda, así como un trastorno adaptativo de tipo mixto que precisó además de una primera asistencia médica, tratamiento psiquiátrico habiendo invertido 90 días en su curación durante los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales.

Al llegar varias patrullas policiales encontraron a Elsa con un bebé en brazos, vistiendo únicamente una prenda íntima que cubría sus genitales y a los procesados en el rellano de la vivienda con la puerta de la cancela cerrada, facilitando la llave de la misma un vecino.

Alvaro portaba en su pantalón una navaja tipo mariposa con sangre del fallecido. En el lavabo del cuarto de baño se localizó un cuchillo con sangre del fallecido.

El cadáver de Valeriano fue hallado tendido entre el pasillo y la cocina de la vivienda. En el momento de los hechos estaba ligado por una relación análoga al matrimonio a Elsa, de 25 años de edad, y tenían en común una hija nacida el NUM004 de 2010.

El procesado Alvaro había consumido bebidas alcohólicas afectando levemente sus facultades volitivas e intelectivas. Permanece privado de libertad por esta causa desde el día 13 de abril de 2011.

Por auto de fecha 12 de noviembre de 2013 se declaró extinguida la responsabilidad criminal de Cristina por fallecimiento.

Magdalena, madre del fallecido con quien no convivía reclama indemnización por los daños morales sufridos por el fallecimiento de su hijo.

La Dirección General de Costes de personal y pensiones públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas reconoció a Elsa como pareja sentimental del fallecido Valeriano en resolución de 21 de marzo de 2012 la ayuda económica provisional prevista en la Ley 35/1995 de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, por importe de 25.560,48 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteó y solicitó la defensa de Alvaro la suspensión del acto del juicio oral ante la incomparecencia de la médico forense D.ª...

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