STSJ Andalucía 3354/2013, 25 de Noviembre de 2013

PonenteANTONIO CECILIO VIDERAS NOGUERA
ECLIES:TSJAND:2013:12060
Número de Recurso848/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución3354/2013
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

ROLLO 848/2010

JUZGADO: GRANADA NÚM. UNO

SENTENCIA NÚM. 3.354 DE 2.013

Ilmo. Sr. Presidente de la Sala:

D. Rafael Toledano Cantero

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Jesús Rivera Fernández

D. Antonio Videras Noguera

---------------------------------------------------En la Ciudad de Granada, a veinticinco de noviembre de dos mil trece.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 848/10, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 944/07, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Granada, siendo parte apelante la D. ª Marí Luz, representada y defendida por el Letrado Don Juan Antonio Vázquez Espejo, y parte apelada el AYUNTAMIENTO DE GRANADA, representada por el Procurador Don Leovigildo Rubio Pavés y defendida por el Letrado Asesor Municipal.

La cuantía del proceso fue fijada en la instancia en indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Granada, en el procedimiento ordinario tramitado ante el mismo con el núm. 944/07, dictó sentencia de fecha 07 de octubre de 2009, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.ª Marí Luz, declarando ser conforme a derecho la desestimación presunta del recurso de reposición formulado contra la resolución de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales del Ayuntamiento de Granada de 20 de febrero de 2007, que acordaba no autorizar la instalación de la terraza solicitada.

SEGUNDO

- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dio traslado al Ayuntamiento de Granada para que en el plazo de 15 días formulara su escrito de oposición.

TERCERO

- Elevadas las actuaciones a esta Sala, se asignó el recurso de apelación a la Sección Cuarta, se formó el oportuno rollo, se registró, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se señaló para la deliberación, votación y fallo el día y hora que consta en autos, en que efectivamente tuvo lugar. Se designó como nuevo ponente al Ilmo. Sr. Magistrado Don Antonio Videras Noguera, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

- Es objeto de recurso de apelación la sentencia de 07 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Granada, en el procedimiento ordinario tramitado ante el mismo con el núm. 944/07, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. ª Marí Luz, declarando ser conforme a derecho la desestimación presunta del recurso de reposición formulado contra la resolución de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales del Ayuntamiento de Granada de 20 de febrero de 2007, que acordó no otorgar la licencia para la instalación de la terraza solicitada para uso del establecimiento Black and White mediante escrito de 31 de enero de 2007, a emplazar en la acera de la calle Torre Pedro de Morales esquina calle Torre de la Vela.

SEGUNDO

- Debemos llamar la atención sobre que siendo el acto impugnado el reseñado, en el suplico de la demanda instaba que se reconociese " el derecho de la...

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