SAP Álava 404/2013, 18 de Noviembre de 2013

PonenteIÑIGO MADARIA AZCOITIA
ECLIES:APVI:2013:360
Número de Recurso470/2013
ProcedimientoRECURSO APELACIóN MODIFICACIóN MEDIDAS DEFINITIVAS LEC 2000
Número de Resolución404/2013
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

NIG. PV. / IZO EAE: 01.02.2-12/009365

NIG. CGPJ / IZO BJKN :01.059.42.1-2012/0009365

A.mod.med.def.L2/E_A.mod.med.def.L2 470/2013-A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz / Gasteizko Lehen Auzialdiko 4 zk.ko Epaitegia

Autos de Modificación medidas definitivas LEC 2000 955/2012 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Leoncio

Procurador/a/ Prokuradorea:JUDITH LOPEZ SAN PEDRO

Abogado/a / Abokatua: ROBERTO ENRIQUE GUTIERREZ BALMASEDA

Recurrido/a / Errekurritua: Daniela

Procurador/a / Prokuradorea: MARIA BLANCA BAJO PALACIO

Abogado/a/ Abokatua: FERNANDO AÑUA SALAZAR

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, D. Iñigo Elizburu Aguirre y D. Edmundo Rodríguez Achutegui, Magistrados, han dictado el día dieciocho de noviembre de dos mil trece.

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 404/13

En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 470/13, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio de Modificación de Medidas Definitivas, promovido por D. Leoncio representado por la Procuradora Dª. Judith López San Pedro y asistido del lertrado D. Roberto Gutiérrez Balmaseda, frente a la sentencia nº 273/2013 dictada en fecha 10.06.13, siendo parte apelada Dª. Daniela representada por la Procuradora Dª. Blanca Bajo Palacio y asistida por el Letrado D. Fernando Añua Salazar;y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Madaria Azcoitia .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

" DEBO DECLARAR Y DECLARO desestimar la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por la representación de D. Leoncio contra Dña. Daniela, manteniendo las medidas adoptadas en el proceso de divorcio cuya modificación se pretende en lo referente a la pensión compensatoria.

Todo ello sin hacer expresa condena en las costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación de

D. Leoncio, recurso que se tuvo por interpuesto con fecha 16.09.13, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación de Dª. Daniela escrito de oposición al recurso, elevándose, a continuación, los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaria de esta Audiencia y personadas las partes, por diligencia de ordenación de fecha 30.10.13 se mandó formar el Rollo, registrándose y turnándose la ponencia, y mediante providencia de fecha 04.11.13 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 14.11.13.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Funda el demandante su recurso en la existencia de error en la valoración de la prueba, dado que a su juicio de la practicada, valorada en su conjunto, se deduce que el actor no puede pagar la pensión compensatoria, cuya extinción interesa. Considera justificada la causa para la extinción de la obligación por la alteración de las circunstancias tenidas en cuenta cuando se acordó la pensión, a cuyo efecto resalta los siguientes hechos: en la actualidad se encuentra casado con una persona que está en paro laboral y no tiene ingresos; tuvo que adquirir una nueva vivienda, con la correspondiente carga hipotecaria; padece graves problemas de salud; su nómina actual es de 1.982'93 euros mensuales; ha agotado los ahorros; el arrendatario de la vivienda que cedió en alquiler no paga la renta, acumulando una deuda de 2.265'72 euros; debe hacer frente a otros préstamos, que suman cuotas mensuales por importe total de 2.388'91 euros; y, considera que la situación de la demandada es mejor y no existe desequilibrio, pues alquiló la vivienda adjudicada en la liquidación de los gananciales y trabaja en tareas de limpieza en cinco direcciones distintas,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR