SAP Álava 404/2013, 18 de Noviembre de 2013
Ponente | IÑIGO MADARIA AZCOITIA |
ECLI | ES:APVI:2013:360 |
Número de Recurso | 470/2013 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN MODIFICACIóN MEDIDAS DEFINITIVAS LEC 2000 |
Número de Resolución | 404/2013 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección / Sekzioa: 1ª/1.
AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008
Tel.: 945-004821
Fax / Faxa: 945-004820
NIG. PV. / IZO EAE: 01.02.2-12/009365
NIG. CGPJ / IZO BJKN :01.059.42.1-2012/0009365
A.mod.med.def.L2/E_A.mod.med.def.L2 470/2013-A
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz / Gasteizko Lehen Auzialdiko 4 zk.ko Epaitegia
Autos de Modificación medidas definitivas LEC 2000 955/2012 (e)ko autoak
Recurrente / Errekurtsogilea: Leoncio
Procurador/a/ Prokuradorea:JUDITH LOPEZ SAN PEDRO
Abogado/a / Abokatua: ROBERTO ENRIQUE GUTIERREZ BALMASEDA
Recurrido/a / Errekurritua: Daniela
Procurador/a / Prokuradorea: MARIA BLANCA BAJO PALACIO
Abogado/a/ Abokatua: FERNANDO AÑUA SALAZAR
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, D. Iñigo Elizburu Aguirre y D. Edmundo Rodríguez Achutegui, Magistrados, han dictado el día dieciocho de noviembre de dos mil trece.
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 404/13
En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 470/13, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio de Modificación de Medidas Definitivas, promovido por D. Leoncio representado por la Procuradora Dª. Judith López San Pedro y asistido del lertrado D. Roberto Gutiérrez Balmaseda, frente a la sentencia nº 273/2013 dictada en fecha 10.06.13, siendo parte apelada Dª. Daniela representada por la Procuradora Dª. Blanca Bajo Palacio y asistida por el Letrado D. Fernando Añua Salazar;y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Madaria Azcoitia .
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
" DEBO DECLARAR Y DECLARO desestimar la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por la representación de D. Leoncio contra Dña. Daniela, manteniendo las medidas adoptadas en el proceso de divorcio cuya modificación se pretende en lo referente a la pensión compensatoria.
Todo ello sin hacer expresa condena en las costas".
Frente a la anterior sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación de
D. Leoncio, recurso que se tuvo por interpuesto con fecha 16.09.13, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación de Dª. Daniela escrito de oposición al recurso, elevándose, a continuación, los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos en la Secretaria de esta Audiencia y personadas las partes, por diligencia de ordenación de fecha 30.10.13 se mandó formar el Rollo, registrándose y turnándose la ponencia, y mediante providencia de fecha 04.11.13 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 14.11.13.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
Funda el demandante su recurso en la existencia de error en la valoración de la prueba, dado que a su juicio de la practicada, valorada en su conjunto, se deduce que el actor no puede pagar la pensión compensatoria, cuya extinción interesa. Considera justificada la causa para la extinción de la obligación por la alteración de las circunstancias tenidas en cuenta cuando se acordó la pensión, a cuyo efecto resalta los siguientes hechos: en la actualidad se encuentra casado con una persona que está en paro laboral y no tiene ingresos; tuvo que adquirir una nueva vivienda, con la correspondiente carga hipotecaria; padece graves problemas de salud; su nómina actual es de 1.982'93 euros mensuales; ha agotado los ahorros; el arrendatario de la vivienda que cedió en alquiler no paga la renta, acumulando una deuda de 2.265'72 euros; debe hacer frente a otros préstamos, que suman cuotas mensuales por importe total de 2.388'91 euros; y, considera que la situación de la demandada es mejor y no existe desequilibrio, pues alquiló la vivienda adjudicada en la liquidación de los gananciales y trabaja en tareas de limpieza en cinco direcciones distintas,...
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