SAP Burgos 314/2013, 30 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2013:1034
Número de Recurso162/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución314/2013
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00314/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10

Telf : 947259950

Fax : 947259952

Modelo : SEN000

N.I.G.: 09059 42 1 2012 0002492

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000162 /2013

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.2 de BURGOS

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000244 /2012

RECURRENTE : Abelardo

Procurador/a : ELENA COBO DE GUZMAN PISON

Letrado/a : SILVIA MARTINEZ ARNAIZ

RECURRIDO/A : Adela, Carlos Francisco, Pablo Jesús

Procurador/a : MARIA DEL CARMEN ORTEGA REVILLA, MARIA DEL CARMEN ORTEGA REVILLA, MARIA DEL CARMEN ORTEGA REVILLA

Letrado/a : MARIA ISABEL LUACES MARTINEZ, MARIA ISABEL LUACES MARTINEZ, MARIA ISABEL LUACES MARTINEZ

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, constituida unipersonalmente por la Ilma. Sra. Doña Mª ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR, se ha dictado la siguiente.

SENTENCIA Nº 314

En Burgos a treinta de Diciembre de dos mil trece

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de BURGOS, los Autos de JUICIO VERBAL 0000244 /2012, procedentes del JDO.DE 1A.INSTANCIA N.2 de BURGOS, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000162 /2013, en los que aparece como parte apelante, don Abelardo, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. ELENA COBO DE GUZMAN PISON, asistido por la Letrada doña SILVIA MARTINEZ ARNAIZ, y como parte apelada, Herederos de don Luis Miguel : don Carlos Francisco y don Pablo Jesús, asistidos por su defensora Judicial doña Adela, representados por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA DEL CARMEN ORTEGA REVILLA, asistidos por la Letrada doña, MARIA ISABEL LUACES MARTINEZ, sobre reclamación cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO : "Debo de estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Cobo de Guzmán Pisón, en nombre y representación de DON Abelardo, contra los menores Carlos Francisco y Pablo Jesús, representados por su tutora legal Doña Adela y en consecuencia, debo de condenar y condeno a los citados menores, en su condición de herederos forzosos de Don Luis Miguel, a que paguen al actor la suma de 3.193 euros y al haberse ya pagado la cantidad de 3.000 euros, resultan obligados al pago de la cantidad de CIENTO NO VENTA Y TRES EUROS (193 EUROS), sin hacer mención en cuanto a las costas causadas, debiendo de pagar cada parte las suyas y las comunes por mitad".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de don Abelardo, se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para examen de las actuaciones el día 12-9-2013 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En este juicio civil, D. Abelardo reclama la cantidad de 4.270,60 # en concepto de responsabilidad civil derivada de la condena penal por un delito de robo con violencia y otro de lesiones recaída contra d. Luis Miguel por Sentencia de 17 de enero de 2011 de la Audiencia Provincial de Burgos, sección 1 ª ( penal) y,al haber fallecido el Sr. Luis Miguel, con fecha 10 de marzo de 2011, dirige su reclamación contra sus herederos, sus dos hijos menores de edad que están representados en el juicio por su madre Dª Adela .

La sentencia apelada entiende que en este juicio civil la parte actora nada nuevo ha probado, diferente a lo que se acordó en la ejecutoria penal, simplemente manifiesta no estar de acuerdo con el informe de la Médico forense, informe que junto con los presupuestos emitidos por la Clínica Vital Dent obraban en la ejecutoría penal y fueron ya valorados por la Sección 1ª de esta Audiencia que fija la responsabilidad civil, por tratamiento bucodental, en 3.193,9 # por lo que no procede concede mayor cantidad ( 4.270,60 reclamadas en la demanda); en consecuencia, como el actor ya ha recibido, a cuenta, la suma de 3.000 #, resta por satisfacer la cantidad de 193 # que deben abonar los herederos del condenado D. Luis Miguel .

SEGUNDO

Resulta indiscutible la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que en múltiples ocasiones ha declarado la concurrencia de la excepción de cosa juzgada en base a un previo proceso penal en el que, junto con la acción penal nacida del delito o falta, se ejercitaron las acciones civiles derivadas del mismo que luego pretendieron promoverse de nuevo en el ulterior juicio civil. En este sentido cabe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR