SAN, 11 de Diciembre de 2013

PonenteMANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2013:5796
Número de Recurso110/2013

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a once de diciembre de dos mil trece.

Ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se ha tramitado el recurso de apelación 110/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo PA 480/2011, seguido ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4, siendo apelante D. Leonardo representado por el Procurador D. Juan A. Escrivá de Romaní Vereterra y asistido por el Letrado D. Viliulfo

  1. Díaz Pérez y parte apelada la Administración del Estado (Ministerio de Asuntos Exteriores), asistido por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4, en fecha 30 de mayo de 2013, dictó sentencia por la que se acordaba desestimar la demanda.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación. Tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente al Ilmo. Sr. D. MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA, acordándose la práctica de prueba, y presentándose conclusiones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 4 de diciembre de 2013, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por Orden AEX/298/2002, de 7 de febrero (BOE 5/02/2002) se anunció convocatoria para la cobertura de varios puestos por el sistema de libre designación y, entre ellos, un puesto de Jefe de Negociado de Visados N-18 en el Consulado General de España en Tánger. En el punto cuarto de la Orden se estableció que "La permanencia en los puestos tendrá una duración máxima improrrogable de cinco años".

Por Orden AEX/1062/2002, de 26 de abril (BOE 15/05/2002) se publicó a resolución parcial de la convocatoria antes referida, en la cual al Sr. Leonardo se le adjudicó dicho puesto.

Tras cesar en su anterior puesto de trabajo como Canciller N-22 en el Consulado General de España en Nouadhibou, tomó posesión en el nuevo puesto de trabajo el 2 de julio de 2002.

El 17 de octubre de 2006 el Director General del Servicio Exterior procedió a remitir a las personas afectadas sendas cartas indicándoles de que, como consecuencia del cumplimiento del plazo máximo de permanencia en dichos puestos (5 años), a lo largo del año 2007 deberían cambiar de destino. En concreto se envió carta al Cónsul General de España en Tánger y al Sr. Leonardo .

El día 8 de enero de 2007 se acordó el cese del Sr. Leonardo en el puesto de Jefe de Negociado de Visados N-18 en el Consulado General de España en Tánger. Lo que fue comunicado mediante orden reservada nº 11 al Cónsul General de España en Tánger y mediante despacho reservado nº NUM000 al Sr. Leonardo . Por Orden AEC/278/2007 (BOE 15/02/2007), se anunció la convocatoria para la cobertura de varios puestos de libre designación, entre ellos el puesto de Jefe de Negociado de Visados N-18 en el Consulado General de España en Tánger, vacante a la espera del cese del Sr. Leonardo . Mediante Orden ACE/1901/2007 (BOE 29/06/2007) se publicó una resolución en la que se indicaba que el indicado puesto había quedado vacante.

El 26 de julio de 2007 se envió telegrama al Consulado General de España en Tánger comunicando la formalización, con efecto de 31 de julio, del cese del Sr. Leonardo en cumplimiento del acuerdo de cese ya notificado. Asimismo, con el fin de no afectar al servicio y al quedar el puesto desierto, se comunicaba que el puesto sería ocupado provisionalmente por el Sr. Leonardo .

Mediante orden reservada nº 11351, de 28 de diciembre de 2010, se remitió al Consulado acuerdo de cese para su entrega al Sr. Leonardo . El cual fue comunicado al indicado Sr. diciéndole que el cese se haría efectivo el día 20 de enero. El día 20 de enero de 2011 se hizo efectivo el cese.

Mediante Orden AEC/269/2011, de 9 de febrero, se procedió a convocar el...

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