SAP Barcelona 805/2013, 19 de Diciembre de 2013

PonenteMARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
ECLIES:APB:2013:15021
Número de Recurso1053/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución805/2013
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N. 805/2013

Barcelona, a diecinueve de diciembre de dos mil trece.

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez

Margarita Noblejas Negrillo (Ponente)

María José Pérez Tormo

Rollo n.: 1053/2012

Oposición de medidas en protección de menores autos n.:121/2011

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n.: 17 de Barcelona

Apelante: Victor Manuel

Abogado: Albert Pares Casanova

Procurador: Pedro-Manuel Adán Lezcano

Oponente: Direcció General D'atenció A La Infància I A L'adol.Lescència

Abogado: Miquel A. Gordó Marina

y el Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia Apelada de fecha 19 de diciembre de 2011 es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: Que debo desestimar y desestimo la oposición formulada por Don PEDRO-MANUEL ADAN LEZCANO en representación de Don Victor Manuel respecto de la resolución dictada por la D.G.A.I.A. en fecha 21 de enero de 2011, sin imposición de costas a ninguna de las partes. "

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, presentándose escrito de oposición y elevándose las actuaciones a ésta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 17/12/2013.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el apelante contra la resolución impugnada en cuanto desestima su demanda de oposición a la resolución de la DGAIA de 21-1-2011 por la que se deja sin efecto la atención inmediata en centro acordada en resolución de 25-12-2010, de acuerdo con el Decreto de la Fiscalía de Barcelona por considerarlo adulto, solicitando se deje sin efecto, se le declare en situación de desamparo y que la DGAIA efectúe las gestiones necesarias para asumir la tutela. El Ministerio Fiscal interesó la confirmación .

SEGUNDO

Antes de nada diremos que el apelante, Victor Manuel, ya ha alcanzado la mayoría de edad según el certificado de nacimiento por el mismo aportado; la presente sentencia se centra únicamente en el examen de la validez, legalidad o pertinencia de la resolución administrativa.

Los antecedentes básicos son los siguientes. Victor Manuel se presentó voluntariamente ante los Mossos d'Escuadra el 24-12- 2010 diciendo que era menor de edad y aportó un certificado de nacimiento conforme al cual había nacido en Ghana el NUM000 - 1993. El día siguiente la DGAIA abrió expediente de desamparo y atención inmediata en el centro El Castell. Constatado que el registro del nacimiento se realizó el 29-10-2010, (17 años de retraso) siendo el informante su madre, aunque se expidió a petición de su hermana, se le practicaron pruebas con el objeto de determinar si era o no mayor de edad. Tales pruebas, radiografía de muñeca y ortopantomografía, se realizaron el 27-12-2010 con el resultado de que era mayor de 19 años. El 18-1- 2011 la Sección de Menores de Fiscalía dictó Decreto el 4-1-2011 declarándolo adulto, por lo que no podía gozar de los beneficios que para la protección de menores prevé nuestro ordenamiento, ello conforme al art. 35.1 de la Ley de...

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