SJCA nº 10 8/2014, 13 de Enero de 2014, de Barcelona

PonenteMARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
Fecha de Resolución13 de Enero de 2014
Número de Recurso376/2012

JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 10 DE BARCELONA

Recurso : 376/2012 Recurso ordinario

Parte actora : Elena

Representante de la parte actora : Mª TERESA AZNAREZ DOMINGO

Parte demandada : ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA y AYUNTAMIENTO DE BARCELONA-INSTITUT MUNICIPAL PARCS I JARDINS

Representante de la parte demandada : EULALIA CASTELLANOS LLAUGER

SENTENCIA Nº 8/14

En Barcelona a trece de enero de dos mil catorce

Vistos por mí, Dª. MARIA CARMEN MUÑOZ JUNCOSA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 10 de Barcelona los presentes autos de procedimiento ordinario nº 376/2012 seguidos a instancia de Dª. Elena , representada por la Procuradora Dª. Mª TERESA AZNAREZ DOMINGO contra ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA Y AYUNTAMIENTO DE BARCELONA-INSTITUT MUNICIPAL PARCS I JARDINS, representados por la Procuradora Dª. EULALIA CASTELLANOS LLAUGER, en el ejercicio que me confieren la Constitución y las Leyes, en nombre de S.M. El Rey, he dictado la presente sentencia con arreglo a los siguientes:

Antecedentes de Hecho
Primero

Interpuesto recurso contencioso administrativo, se tramito por el procedimiento abreviado, señalado dia para la celebracion del juicio, tuvo lugar con el resultado que obra en autos.

Segundo:

En la tramitacion de este pleito se han cumplido las prescripciones legales .

Fundamentos Juridicos
Primero

Es objeto de recurso la desestimacion de la reclamacion de responsabilidad patrimonial formulada por la Sra Elena al Ayuntamiento de Barcelona.

Alega la demandante que el dia 7 de octubre de 2010 mientras caminaba por la Av Rio de Janeiro, sentido Besos -Llobregat, en la confluencia con el Pº Andreu Nin, tropezo con una arqueta hundida de la que sobresalia uno de los laterales , cayendo al suelo y resultando con lesiones y secuelas.

Considera la actora que debe de ser indemnizada por el Ayuntamiento debido a que concurren todos los requisitos necesarios para declarar la responsabilidad de la Administracion ,ya que el accidente se produjo por el normal o anormal funcionamiento del servicio publico y solicita se condene a las demandadas a pagarle la suma de 119.846'61 euros, mas los intereses legales ,para la aseguradora los previstos en el art 20 de la LCS .

Segundo:

Las demandadas se opusieron a la demanda alegando la inexistencia de relacion causal entre las lesiones sufridas por la actora y la actuacion de la Administracion, y subsidiariamente concurrencia de culpas y pluspeticion.

De la prueba practicada resulta lo siguiente:

El 7 de octubre de 2010 a las 13'05 fue avisada la Guardia Urbana para que se dirigiera a la Av Rio de Janeiro, confluencia con el Pº Andreu Nin, en el lugar los agentes contactaron con la Sra Elena , que les manifesto que mientras caminaba por la acera sentido Besos -Llobregat, en la confluencia con el Pº Andreu Nin,...

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