STSJ Aragón 658/2013, 19 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución658/2013
Fecha19 Noviembre 2013

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1ZARAGOZA 00658/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

- SECCIÓN TERCERA -RECURSO DE APELACIÓN Nº: 6/10

SENTENCIA: 00658/2013

S E N T E N C I A Nº 658 DE 2013

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

MAGISTRADOS:

Dª. CARMEN SAMANES ARA

D. IGNACIO MARTÍNEZ LASIERRA

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En Zaragoza, a diecinueve de noviembre dos mil trece.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el recurso de apelación nº 6/10, interpuesto por la apelante Dª Valle representada por la Procuradora Dª María Concepción Pérez Ferrer y defendida por la Letrada Dª. Carmen Biel Ibáñez; y como partes apeladas la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y defendida por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, y la entidad ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS,S.A. representada por la Procuradora Dª. Patricia Peire Blasco y defendida por el Letrado D. Javier Moreno Alemán, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH.

Es objeto de apelación el recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Zaragoza de fecha 22 de octubre de 2009, dictada en el procedimiento ordinario nº 41/09 seguido en dicho Juzgado, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª Valle contra la resolución de fecha 11 de noviembre de 2008 dictada por la Consejera de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón, inadmitiendo, por no resultar competente para su conocimiento, la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada por la actora por la deficiente asistencia sanitaria prestada el 30/10/06, en el accidente sufrido en la jornada laboral de dicho día, mientras prestaba sus servicios para el SALUD en la planta 4ª del Centro MAZ, Unidad de Columna, como auxiliar administrativa, con motivo de las obras de reforma del Hospital de Rehabilitación, Traumatología y Quemados del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza (expte. NUM000 ). La cuantía del procedimiento ha quedado fijada en 30.050 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Dª Concepción Pérez Ferrer, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso- administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en el Juzgado Decano de Zaragoza en fecha 19 de enero de 2009, el cual correspondió por turno de reparto al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de dicha ciudad, que dictó sentencia de fecha 22 de octubre de 2009, contra la resolución de fecha 11 de noviembre de 2008 de la Consejera de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Se desestima el recurso 41/09 interpuesto por Dª Valle contra la resolución de fecha 11 de noviembre de 2008, que se ratifica, al ser conforme a derecho; sin costas.>>

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia la parte recurrente interpuso recurso de apelación cuyo suplico es el recogido en los siguientes términos:

sentencia de fecha 22/10/09 recaída en procedimiento ordinario nº 41/09; y previos los trámites legales de rigor, para ante EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SUPLICO que, con estimación del recurso de apelación interpuesto, revoque la sentencia de fecha 22/10/09 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Zaragoza en el procedimiento de referencia, y estimando la demanda interpuesta por Dª Valle, se anulen y dejen sin efecto las resoluciones administrativas, ordenando a la Administración Pública la admisión a trámite de la reclamación interpuesta por la deficiente prestación sanitaria llevada a cabo por los servicios médicos asistenciales.>>

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a las partes apeladas, formalizándose escritos de oposición al mismo y elevándose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con emplazamiento de las partes por término de 30 días para personarse ante el citado órgano.

TERCERO

Por providencia de día 19 de abril de...

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