SAP Valencia 459/2013, 16 de Octubre de 2013
Ponente | MARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ |
ECLI | ES:APV:2013:4903 |
Número de Recurso | 463/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 459/2013 |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
Rollo nº 000463/2013
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 459
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Magistrada
Dª MARÍA IBÁÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de octubre de dos mil trece.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia Dª MARÍA IBÁÑEZ SOLAZ en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal- 001832/2012, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 21 DE VALENCIA, entre partes; de una como demandante - apelante/s Camilo, dirigido por el/la letrado/a D/Dª.MARIA AUXILIADORA GOMEZ MARTIN y representado por el/la Procurador/a D/Dª FRANCISCO CERRILLO RUESTA, y de otra como demandado -apelado/s CONSUM SCV y ACE EUROPEAN GROUP LIMITED, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JOSE LUIS FERNANDEZ MARCHENA y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARGARITA SANCHIS MENDOZA.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO
21 DE VALENCIA, con fecha 29/05/2013, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: QUE DESESTIMANDO LA DEMANDA INTERPUESTA POR DON Camilo CONTRA CONSUM SCV Y ACE INSURANCE SA, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A AMBAS DE LAS PRETENSIONES FORMULADAS EN SU CONTRA.- LAS COSTAS SERÁN SATISFECHAS POR LA PARTE ACTORA" .
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 08/10/2013 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
La representación procesal del Sr. Camilo formuló demanda de juicio verbal contra Consum SCU, reclamando el pago de 5.589,87 euros, importe de la indemnización correspondientes a las lesiones y secuelas causadas como consecuencia de la caída sufrida el día 13 de enero de 2010, cuando se disponía a abandonar las dependencias del establecimiento de la demandada ubicado en la calle Mayor nº 60 de Nazaret en Valencia, y ello por la presencia del cierre de seguridad levantado de la puerta.
La demandada se opuso a la pretensión actora alegando la prescripción, la falta de constancia de la caída, cuestionando la relación causal y el importe económico reclamado. La sentencia de instancia desestima la demanda en todas sus partes, resolución contra la que se alza la demandante invocando diversos motivos que pasamos a examinar. La parte demandada ha pedido la confirmación de dicha resolución.
Respecto a la indebida aplicación del derecho en relación con la doctrina de inversión de la carga de la prueba que deriva de los arts. 1902 y 1903 del CC y de la LGDCU (arts. 8, 128, 129 y 147 ) diremos que sobre la cuestión de las caídas en supermercados por consumidores ya se ha pronunciado este mismo Tribunal en varias ocasiones (entre ellas, en la Sentencia de Audiencia Provincial, Civil Sección 7ª del 29 de febrero del 2008 (ROJ: SAP V 510/2008) Recurso: 843/2007, Ponente: MARÍA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA, sentencia Audiencia Provincial de Valencia, sec. 7ª, S 7-3-2011, nº 136/2011, rec. 953/2010 . Pte: Ibáñez Solaz, María EDJ 2011/142979, o en sentencia Audiencia Provincial de Valencia, sec. 7ª, S 30-5-2011, nº 299/2011, rec. 210/2011 . Pte: Cerdán Villalba, EDJ 2011/187139).
En este sentido literalmente en la primera y tercera de las citadas dijimos:
"I) La Ley General para la Defensa de los Consumidoresy UsuariosEDL1984/8937 vigente al tiempo de producirse los hechos, en sus artículos 25 y 26 establecía
Artículo 25 : El consumidory el usuariotienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que el...
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