SAP Pontevedra 303/2013, 19 de Noviembre de 2013

PonenteROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO
ECLIES:APPO:2013:2968
Número de Recurso1000/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución303/2013
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00303/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de PONTEVEDRA

Domicilio: ROSALIA DE CASTRO NÚM. 5

Telf: 986.80.51.19

Fax: 986.80.51.14

Modelo: 213100

N.I.G.: 36006 41 2 2011 0006257

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001000 /2013

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.2 de PONTEVEDRA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000201 /2013 RECURRENTE: Demetrio

Procurador/a: PEDRO ANDRES BARRAL VILA

Letrado/a: FERMIN VARELA CHAVES

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL FISCAL, Esmeralda

Procurador/a:, JOAQUIN GABRIEL SANTOS CONDE

Letrado/a:, VANESA PEDROUZO SANDE

SENTENCIA Nº 303 ========================================================== ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. JOSE JUAN BARREIRO PRADO

ROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO

ROSARIO CIMADEVILA CEA ==========================================================

En PONTEVEDRA, a diecinueve de Noviembre de dos mil trece.

VISTO, por esta Sección 002 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador PEDRO ANDRES BARRAL VILA, Y letrado D. FERMIN VARELA CHAVESK, en representación de Demetrio, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA : 0000201 /2013 del JDO. DE LO PENAL nº: 002 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado MINISTERIO FISCAL Y, Esmeralda, representado por el Procurador, JOAQUIN GABRIEL SANTOS CONDE y letrada DÑA. VANESA PEDROUZO SANDE y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. ROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha veintiséis de Junio de dos mil trece, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" Que debo condenar y condeno a Demetrio, como autor de un delito de impago de prestaciones económicas previsto y penado en el artículo 227,1 y 3 del Código Penal, a la pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria establecida en el artículo 53 del Código Penal para el caso de impago; así como al abono de las costas procesales causadas incluidas las de la acusación particular, debiendo indemnizar a su hijo menor Virgilio a través de Esmeralda, como representante legal del niño, en la suma de 5.500 euros por las mensualidades debidas desde septiembre de 2011 hasta junio de 2013 ambas incluidas, cantidad a la que se sumará la actualización correspondiente que se determinará en ejecución de sentencia y con el interés legal previsto en el artículo 576 de la LEC .

".

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:

" Único.- Resulta probado y así se declara que por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cambados y en el seno del juicio verbal de alimentos seguido al número 176/2011, se dictó sentencia en fecha 6 de julio de 2011 aprobando el convenio regulador alcanzado por Demetrio y Esmeralda de fecha 13 de abril de 2011.

En la estipulación cuarta del convenio judicialmente aprobado establecieron la obligación de Demetrio de abonar en concepto de pensión de alimentos para el hijo común menor de edad la cantidad de 250 euros mensuales, en la forma y tiempo y con la actualización recogida en dicha estipulación.

Pese a tener conocimiento de la obligación asumida y capacidad económica para ello, Demetrio no abonó la pensión de alimentos desde septiembre de 2011 hasta junio de 2013, ambas mensualidades incluidas. "

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación...

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