SAP Barcelona 552/2013, 27 de Noviembre de 2013

PonenteJORDI SEGUI PUNTAS
ECLIES:APB:2013:13047
Número de Recurso557/2013
ProcedimientoVERBAL - COGNICIóN
Número de Resolución552/2013
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 557/2013 -B

JUICIO VERBAL NÚM. 1389/2012

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 46 BARCELONA

S E N T E N C I A nº 552/2013

Ilmo. Sr. Magistrado

DON JORDI SEGUÍ PUNTAS

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de noviembre de dos mil trece.

VISTOS, por la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial constituida por un solo Magistrado en aplicación del art. 82.2, L.O.P.J . reformada por L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, los presentes autos de Juicio verbal, número 1389/2012 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Barcelona, a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ DIRECCION000, NUM000 DE BARCELONA, representada por la Procuradora Doña Mónica Ribas Rulo, contra Arcadio, representado por la Procuradora, designada de oficio, Doña Ana María Soles Suso; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la Sentencia dictada el día dieciocho de abril de dos mil trece por la Magistrada-Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"F A L L O

Se ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora sra. Ribas, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION000, nº NUM000 de Barcelona contra D. Arcadio, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 3.737,72 #, con expresa condena en costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Arcadio mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al recurso mediante su escrito motivado. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia dictada el pasado 18 de abril condenó a Arcadio al pago de 3.737,72 euros a la comunidad de propietarios demandante de la que forma parte. Dicha sentencia fue impugnada por el demandado, quien no incluyó en su escrito de interposición del recurso de apelación presentado el siguiente 23 de mayo mención alguna al ingreso en la cuenta del Juzgado del importe del principal a que ascendía la expresada condena. Tampoco ha dado razón alguna al respecto al ser expresamente requerido al efecto en esta segunda instancia por diligencia de ordenación de la secretaria judicial del pasado 30 de septiembre.

SEGUNDO

Es evidente la concurrencia de la causa de inadmisión derivada de lo dispuesto en el artículo 449.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC ), que exige a modo de carga procesal ineludible que todo recurso de apelación interpuesto por un condenado al pago de cantidades debidas por un propietario a la comunidad...

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