SAP Madrid 355/2013, 20 de Septiembre de 2013

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2013:14227
Número de Recurso635/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución355/2013
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimotercera

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933911

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2012/0010658

Recurso de Apelación 635/2012

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 01 de Majadahonda

Autos de Procedimiento Ordinario 1033/2010

APELANTE: EDICIONES DEUSTO, S.A.

PROCURADOR D.. ALBERTO CARDEÑA FERNANDEZ

APELADO: BELBLA BOLIVAR SL

PROCURADOR Dña. MARTA UREBA ALVAREZ-OSSORIO

SENTENCIA Nº355/2013

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILMO SR. PRESIDENTE :

D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

ILMOS SRES. MAGISTRADOS:

D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil trece.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada Belbla Bolivar, S.L., representado por la Procuradora Dª. Marta Ureba Álvarez-Ossorio y asistido del Letrado D. José Mª Cabrales Acosta, y de otra, como demandadoapelante Lediberg España, S.A. (Ediciones Deusto, S.A.), representado por el Procurador D. Alberto Cardeña Fernández y asistido del Letrado D. Juan Ignacio Asín García, y siendo Magistrado-Ponente el ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1, de Majadahonda, dictada en fecha 5 de marzo de 2012, se dictó Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que se estima totalmente la demanda presentada por BELBLA BOLIVAR SL contra entidad LEDINBERG ESPAÑA SA y debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 65.640,51 euros y al interés legal de la referida cantidad desde su reclamación judicial. Con condena en costas al demandado.

Que se desestima totalmente la demanda reconvencional presentada por LEDINBERG ESPAÑA SA contra BELBLA BOLIVAR SL absolviendo al demandado reconvencional de las peticiones de demanda. Todo ello con condena en costas a la parte demandante reconvencional".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha once de julio de 2012, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día dieciocho de septiembre de dos mil trece .

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que

siguen.

SEGUNDO

Por EDICIONES DEUSTO S.A. -antes LEDIBERG ESPAÑA S.A.- se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 5 de marzo de 2012 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Majadahonda, que estimó la demanda presentada por BELBLA BOLIVAR S.L. contra aquella en reclamación de 65.640,51 # más los intereses correspondientes, basando su pretensión en el contrato de agencia suscrito en fecha 3 de mayo de 2002 entre la demandada y doña Ana por el que ésta se comprometía a la promoción y venta de determinados productos fabricados por la demandada, cediendo dicho contrato a la mercantil demandante en fecha 24 octubre 2003, pactando posteriormente -a partir del ejercicio 2006- sustituir el sistema pactado de retribuciones por comisión por otra retribución fija y constante que sería liquidada con carácter mensual contra la presentación de la correspondiente factura emitida por el agente; sistema retribución que nuevamente se alteró de mutuo acuerdo a partir de abril de 2009, pasando a percibir la actora la cantidad de 6.275,86 #, IVA excluido; que hasta noviembre 2009 la demandada satisfizo las facturas presentadas al cobro por la actora, dejando de hacerlo desde aquella fecha y ascendiendo el importe de lo adeudado a la cantidad principal que ahora se reclama; y que desestimó la demanda reconvencional por la que LEDIBERG ESPAÑA S.A. solicitaba la condena de BELBLA BOLIVAR S.L. al pago de 44.173,46 # cobrado en exceso por esta mercantil durante el año 2009. Alega la parte apelante, en síntesis, error en la valoración de la prueba. Frente a tales alegaciones la contraparte se opuso al anterior recurso...

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