STSJ Andalucía 2223/2013, 30 de Septiembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2223/2013
Fecha30 Septiembre 2013

SENTENCIA Nº 2223/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO MÁLAGA

Sección 2ª

RECURSO Nº: 1.088/2010

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

MAGISTRADOS

Dª. MARTA ROMERO LAFUENTE

Dª. BELÉN SÁNCHEZ VALLEJO

En la Ciudad de Málaga, a 30 de septiembre de dos mil trece.-Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1.088/2.010, interpuesto por DON Aurelio, funcionario actuando en su propio nombre y representación, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL del MINISTERIO DEL INTERIOR, representada y asistida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Suplente Dª BELÉN SÁNCHEZ VALLEJO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que DON Aurelio, funcionario actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución, de fecha 22 de junio de 2.010, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil del Ministerio del Interior, por la que se archivan las actuaciones con expresa declaración de que la patología por la que el recurrente causó baja desde el 12 de noviembre de 2007 hasta el 28 de marzo del año siguiente, diagnosticada de: "Discopatía a nivel de L4-L5 y L5-S1, NO ha sido producida en acto o con ocasión del servicio".

SEGUNDO

Que admitido a trámite el recurso y recibido el expediente administrativo, se dio traslado a la parte actora para deducir demanda, lo que efectúo en tiempo y forma mediante escrito, que en lo sustancial se da aquí por reproducido y en el que suplicaba se dictase sentencia, por la que estimando el recurso, se anulase el acto administrativo impugnado y se reconociese el pedimento obrado. Dado traslado a la representación de la Administración demandada para contestar la demanda, lo efectúo mediante escrito, en el que tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que considero de aplicación, solicitaba se dictara sentencia por la que se desestimara el recurso por ser ajustado a derecho el acto impugnado; y una vez acordado el recibimiento del pleito a prueba y tras el trámite de conclusiones, quedaron conclusos los autos para sentencia y pendientes de señalamiento para votación y fallo, que ha tenido lugar en el día fijado al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte recurrente solicita en su demanda la anulación de la resolución impugnada y el reconocimiento de que la patología por la que el recurrente causó baja, desde el 12 de noviembre de 2007 hasta el 28 de marzo del año siguiente, diagnosticada de: "Discopatía a nivel de L4-L5 y L5-S1", proviene de las lesiones que el actor sufrió en acto del servicio, como consecuencia del accidente sufrido el 28 de mayo de 2.003; y ello, tal como consta acreditado en virtud de la abundante documental médica aportada.

La representación de la Administración...

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