STSJ Murcia 875/2013, 18 de Noviembre de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 875/2013 |
Fecha | 18 Noviembre 2013 |
T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/ADMURCIA SENTENCIA: 00875/2013
RECURSO nº. 122/09
SENTENCIA nº. 875/2013
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA
SECCIÓN SEGUNDA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech
Presidente
Dª. Leonor Alonso Díaz Marta
D. Joaquín Moreno Grau
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 875/13
En Murcia a 18 de noviembre de 2013.
En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 122/09, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 98.900 # y referido a: declaración de responsabilidad solidaria de la actora para el abono de deudas tributarias.
Parte demandante :
Priotor Company, SL, representada por el Procurador D. Francisco Bueno Sánchez y defendido por el Abogado D. Santiago Castillo Rovira.
Parte demandada :
LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Acto administrativo impugnado :
Resolución del Tribunal Económico Regional de Murcia de fecha 30 de junio de 2008 que desestima la reclamación económico administrativa NUM000 interpuesta contra el acuerdo de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación de Cartagena de la AEAT que declara la responsabilidad solidaria para el pago de las deudas tributarias de Mantenimiento Fesol, SL al que se requiere al pago de la cantidad de 98.900 # en concepto de IVA e Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2003. Pretensión deducida en la demanda :
Que se acuerde la nulidad del acto administrativo impugnado.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día
20-2-09, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Se ha recibido el proceso a prueba con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Realizado el anterior trámite y evacuado por las partes el de conclusiones, se señaló para que tuviera lugar la votación y fallo el día 8-11-12.
Dirige la actora el presente recurso contencioso administrativo frente a la resolución del
Tribunal Económico Regional de Murcia de fecha 30 de junio de 2008 que desestima la reclamación económico administrativa NUM000 interpuesta contra el acuerdo de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación de Cartagena de la AEAT que declara la responsabilidad solidaria para el pago de las deudas tributarias de Mantenimiento Fesol, SL al que se requiere al...
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