STSJ Comunidad de Madrid 1116/2013, 17 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Octubre 2013
Número de resolución1116/2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Novena

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009720

NIG: 28.079.33.3-2010/0153789

Procedimiento Ordinario 816/2010 *

Demandante: COMUNIDAD DE MADRID

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

MARTINSA FADESA S.A.

PROCURADOR D./Dña. MARIA FUENCISLA MARTINEZ MINGUEZ

SENTENCIA Nº 1116

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA BIS

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Francisco Gerardo Martínez Tristán

Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

D. Francisco Javier Canabal Conejos

En la Villa de Madrid, a diecisiete de octubre de dos mil trece.

Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 816/2010, interpuesto por la Comunidad de Madrid, representada por sus Servicios Jurídicos, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 23 de febrero de 2010, recaída en el expediente nº NUM000 . Han sido parte demandada el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, representado por el Sr. Abogado del Estado; y la sociedad Martinsa Fadesa, SA, sucesora Universal de Promociones Urbanizaciones Martín SA., representada por la Procuradora Doña María Fuencisla Martínez Mínguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte recurrente indicada se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito al que se le dio el trámite legalmente establecido.

SEGUNDO

Emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

Las representaciones procesales de la Abogacía del Estado la sociedad Martinsa Fadesa, SA, contestaron a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

CUARTO

No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, se declaró concluso el procedimiento quedando pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le corresponda.

QUINTO

Con fecha 8 de octubre de 2013 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Gerardo Martínez Tristán, quien expresa el parecer de la misma.

FUNDAMENTO DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto la impugnación de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 23 de febrero de 2010, recaída en el expediente nº NUM000, por la que se estima la reclamación interpuesta por la sociedad Martinsa Fadesa, SA contra la resolución de la Dirección General de Tributos, de 9 de mayo de 2007, por la que se desestimó la solicitud de devolución de ingresos nº. de expediente NUM001, relativa a la autoliquidación practicada por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad de operaciones societarias, por un importe de 2.000.000 #.

En esencia la resolución del TEAR, que anuló la resolución de la Dirección General de Tributos, entendió que procedía la devolución del ingreso en su día efectuado, al consistir en una autoliquidación de un tributo, actos jurídicos documentados en la modalidad de operaciones...

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