STSJ Castilla y León 1999/2013, 20 de Noviembre de 2013

PonenteJESUS BARTOLOME REINO MARTINEZ
ECLIES:TSJCL:2013:4930
Número de Recurso953/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1999/2013
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01999/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

VALLADOLID

N11600

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2012 0101582

Procedimiento : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000953 /2012 - ML

Sobre: FUNCION PUBLICA

De D./ña. CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-F)

LETRADO JUAN BAUTISTA GARCIA RUIZ

PROCURADOR D./Dª. SONIA BLANCO PEREZ

Contra D./Dª. DIPUTACION DE VALLADOLID

LETRADO JOSE LUIS ALVAREZ NUÑEZ

PROCURADOR D./Dª. MANUEL DE ANTA SANTIAGO

SENTENCIA Nº 1999

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA

En la ciudad de Valladolid, a veinte de noviembre de dos mil trece.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, integrada por los Magistrados expresados más arriba, ha visto el recurso contencioso-administrativo número 953/2012 en el que fue designada como actividad recurrida la siguiente:

El Acuerdo de la Diputación Provincial de Valladolid de fecha 4 de mayo de 2012 por el que se modificó la Valoración y Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario y laboral fijo de la Diputación de Valladolid, del Organismo Autónomo "REVAL" y del Catálogo de Puestos de Trabajo ocupados exclusivamente por personal laboral. Las partes en el expresado recurso son:

-Como demandante: la CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-F), representada por la Procuradora Sra. Blanco Pérez y con la dirección del Abogado García Ruiz.

-Como demandada: la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID, representada por el Procurador Sr. de Anta Santiago y defendida por el Letrado Sr. Álvarez Núñez.

La ponencia del presente recurso fue turnada al Ilustrísimo Señor Magistrado Don JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el actual recurso por quien queda expresado más atrás y previo dictar resolución favorable a su admisión a trámite, la parte recurrente dedujo demanda. En este escrito expuso alegaciones de hecho y de derecho, postulando en el suplico del mismo lo siguiente: "... en su día dicte sentencia por la que, estimando el Recuso Contencioso-administrativo por esta parte interpuesto contra el Acuerdo de Pleno de la Diputación Provincial de Valladolid adoptado en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010 por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Valoración y Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario y laboral fijo de la Diputación Provincial de Valladolid, del Organismo Autónomo REVAL, y del Catálogo de Puestos de Trabajo ocupados exclusivamente por Personal Laboral, y se acuerda publicar en el Boletín Oficial de la Provincia la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario y laboral fijo de la Diputación Provincial de Valladolid, del Organismo Autónomo REVAL y el Catálogo de Puestos de Trabajo ocupados exclusivamente por Personal Laboral, se declare no conforme a derecho y se anule el mismo, en cuanto que la Relación de Puestos de Trabajo publicada establece como nuevo requisito para la provisión de los puestos de trabajo que a continuación se relacionan, el estar en posesión del permiso de conducir clase B, requisito que nos constaba en la anterior Relación de Puestos de Trabajo, y ello sin proceder como corresponde en derecho a incrementar las cantidades asignadas a los referidos puestos de trabajo en concepto de complemento específico.

En consecuencia se solicita también que se condene a la Administración demandada a proceder al incremento que corresponda de los complementos específicos asignados a los citados puestos al haber aumentado la peligrosidad y penosidad de los mismos, en tanto se mantenga como requisito para su provisión y desempeño el estar en posesión del permiso de conducir clase B.

Así mismo se solicita que se reconozca, y se haga efectivo, el derecho de los funcionarios que ocupen o puedan ocupar los puestos de referencia, desde el día de entrada en vigor del Acuerdo impugnado, a la percepción de las cantidades que les pudieran corresponder por el incremento del complemento específico de los mismos, como consecuencia de la modificación de sus condiciones de trabajo, al tener que conducir vehículos de motor en el desempeño de sus funciones, con el consiguiente incremento de la penosidad y peligrosidad de las mismas.

Los puestos de trabajo en cuestión son los siguientes: 1.- Arquitecto/a Superior, 2.- Arquitecto/a Técnico/ a- Aparejador/a, 3.- Auxiliar de Jardinería, 4.- Auxiliar de Mantenimiento, 5.- Auxiliar de Prevención, 6.-Coordinador/a de Consejos Culturales, 7.- Coordinador/a de Educación, 8.- Coordinador/a de Publicaciones,

9.- Delineante, 10.- Director/a del Centro Provincial de Información Juvenil, 12.- Encargado/a General de Mantenimiento, 13.- Gerente C.I.N. Matallana, 14.- Ingeniero/a de Caminos, 15.- Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas, 16.- Jardinero/a Viverista, 17.- Oficial Albañil, 18.- Oficial Carpintero/a, 19.- Oficial Electricista,

20.- Oficial Fontanero/a, 21.- Oficial Pintor/a, 22.- Técnico Medio de Prevención, 23.- Técnico Superior de Prevención, 24.- Veterinario/a.

Subsidiariamente se solicita que se anule en la Relación de Puestos de Trabajo, el requisito de estar en posesión del permiso de conducir clase B, para la provisión de los puestos de trabajo antes enumerados.

También se solicita que se declare contraria a derecho y se anule, la Relación de Puestos de Trabajo en cuanto establece como forma de provisión para los puestos que a continuación se indican la libre designación. Estos puestos de trabajo son: Jefe/a de Servicio Asesoría Jurídica, Jefe/a de Servicio Asesoramiento Local, Jefe/a de Servicio de Urbanismo, Jefe/a de Servicio de Informática, Jefe/a de Servicio de Personal, Jefe/a de Servicio de Prevención y Régimen Interior, Jefe/a de Servicio de Hacienda y Economía, Jefe/a de Servicio Archivo Provincial, Jefe/a de Servicio Técnico de Obras, Jefe/a de Servicio de Cooperación, Jefe/a de Servicio de Medio Ambiente, Agricultura y Ganadería, Jefe/a de Servicio de Acción Social, Jefe/a de Servicio de Educación y Cultura, Jefe/a de Servicio de Juventud y Deportes, Gerente Centro de Integración Juvenil,), Jefe/ a de Servicio de Gestión Tributaria e Inspección (Organismo Autónomo de Gestión y Recaudación REVAL). Finalmente se solicita que se declare contraria a derecho y se anule la Relación de Puestos de Trabajo en cuanto ha modificado la adscripción y el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo denominado "Jefe/a de Servicio de Juventud y Deportes" en los términos arriba indicados".

Sí interesó por otrosí el recibimiento a prueba.

Por escrito presentado con posterioridad a esa demanda desistió parcialmente y formuló nuevo suplico de aquella en los siguientes términos: "... dicte Auto teniendo a esta parte demandante por DESISTIDA PARCIALMENTE en lo que se refiere a la petición de que se declare contraria a derecho y se anule la Relación de Puestos de Trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid número 112, del día 18 de mayo de 2012, en cuanto establece como forma de provisión la libre designación para los puestos de trabajo siguientes: Jefe/a de Servicio Asesoría Jurídica, Jefe/a de Servicio Asesoramiento Local, Jefe/a de Servicio de Urbanismo, Jefe/a de Servicio de Informática, Jefe/a de Servicio de Personal, Jefe/a de Servicio de Prevención y Régimen Interior, Jefe/a de Servicio de Hacienda y Economía, Jefe/a de Servicio Archivo Provincial, Jefe/a de Servicio...

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