STSJ Comunidad de Madrid 976/2013, 6 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución976/2013
Fecha06 Noviembre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Quinta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0180303

Procedimiento Ordinario 747/2011

Demandante: D./Dña. Jose Luis

PROCURADOR D./Dña. ISABEL COVADONGA JULIA CORUJO

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 976

RECURSO NÚM.: 747-2011

PROCURADOR D./DÑA.: ISABEL COVADONGA JULIA CORUJO Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dña. Maria Rosario Ornosa Fernández Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Álvaro Domínguez Calvo ----------------------------------------------- ---- En la Villa de Madrid a 6 de Noviembre de 2013

VISTO por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso administrativo núm. 747/2011, interpuesto por D. Jose Luis representado por la Procurador Dª Isabel Covadonga Julia Corujo, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de fecha 10 de mayo de 2011 en la reclamación NUM000 y NUM001, en la que ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador DÑA. ISABEL COVADONGA JULIA CORUJO actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Maria Rosario Ornosa Fernández, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por la parte actora la Resolución desestimatoria del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 10 de mayo de 2011 en la reclamación NUM000 y NUM001, en la cual se estimó en parte la reclamación económico administrativa correspondiente a la liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2008, por importe de 5.044 # y se estimó la relativa a la sanción, derivada de la anterior liquidación, por importe de 2.884,25 #.

El TEAR estimó en parte la reclamación relativa a la liquidación del IRPF del ejercicio 2008 al entender que la misma no estaba debidamente motivada si bien razonó en la Resolución que no era posible cambiar la opción de tributación, una vez efectuada una, en contra de lo que sostenía el recurrente.

La parte actora se refiere en la demanda a que dicha posibilidad de cambio de opción de tributación debe siempre de existir y alega al respecto una Sentencia del TSJ...

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