SAP Valencia 421/2013, 3 de Octubre de 2013

PonenteEUGENIO SANCHEZ ALCARAZ
ECLIES:APV:2013:4405
Número de Recurso867/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución421/2013
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

ROLLO Nº 867/12

SENTENCIA Nº 000421/2013

SECCION OCTAVA

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

  1. EUGENIO SÁNCHEZ ALCÁRAZ

    Magistrados/as

  2. JOSE LUIS GÓMEZ MORENO MORA

    Dª. Mª FE ORTEGA MIFSUD

    ===========================

    En la ciudad de VALENCIA, a tres de octubre de dos mil trece.

    Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr. D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCÁRAZ, los autos de Juicio Ordinario, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de CARLET, con el nº 000703/2011, por D. Claudio representado en esta alzada por la Procuradora Dª. MERCEDES SOLER MONFORTE y dirigido por el Letrado D. JOSE DOMINGO MONFORTE contra MUSAAT MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA representada en esta alzada por la Procuradora Dª. PAULA GARCÍA VIVES y dirigida por la Letrada Dª. ELENA SOMACARRERA PÉREZ, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Claudio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 4 de CARLET, en fecha 11-6-12, contiene el siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesa por la representación de D. Claudio, no ha lugar a declarar conforme a lo solicitado y, debo absolver y absuelvo a Musaat, Mutua de Seguros a Prima Fija de los pedimentos interesados en su contra. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D. Claudio, que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 30 de Septiembre de 2013.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Claudio formuló el 28 de Julio de 2.011 demanda de juicio ordinario contra la entidad Musaat Mutua de Seguros a Prima Fija tendente a la obtención de un pronunciamiento que declare la cobertura en póliza del siniestro y la obligación del asegurador de hacerse cargo del mismo, condenándole expresamente al cumplimiento del contrato de seguro, y a abonar con cargo al seguro de responsabilidad civil otorgado entre las partes, la totalidad de responsabilidades que deriven de la eventual condena, principal y accesorias -intereses y costas-, así como la totalidad de los gastos de defensa devengados, así como cualquier otro que se produzca con posterioridad a la presentación de esta demanda, como consecuencia del procedimiento judicial y su cumplimiento y todo ello con expresa imposición de intereses y costas. Esta exigencia se fundaba en el seguro de responsabilidad civil profesional como Arquitecto Técnico que con el número de póliza NUM002 suscribió con la demandada el 17 de Octubre de 2.008 y proyectaba su aplicación al pleito promovido por las Comunidades de Propietarios del número NUM000 de la CALLE000 y numero NUM001 de la CALLE001 de Alaquás contra la mercantil Palop Beso Germans S.L., como promotora-constructora, contra Don Narciso como Arquitecto Superior y contra él como Arquitecto Técnico. En él se ejercitaron por la parte demandante las acciones por incumplimiento contractual y responsabilidad por vicios constructivos, que dieron paso al juicio ordinario seguido con el número 837/09 ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrent y en el que recayó sentencia absolutoria para todos los demandados el 25 de Enero de 2.010 (documento número uno de la demanda a los f. 25 al 29). Recurrida dicha resolución en apelación por las Comunidades demandantes, la Sección 6ª de esta Ilma. Audiencia Provincial el 20 de Mayo de 2.011 la revocó y condenó solidariamente a los demandados Palop Beso Germans S.L., Don Narciso y Don Claudio a realizar a su costa y bajo supervisión de técnico competente cuanto proyectos, obras, negocios jurídicos y actividades sean precisas para obtener la preceptiva licencia administrativa de funcionamiento del aparcamiento-garaje sin que pueda quedar afectada la seguridad estructural o de otro tipo del sótano aparcamiento (documento número dos de la demanda a los

f. 30 al 37). Sostiene el demandante que en dicha sentencia los vicios y defectos constatados se califican de ruina con origen en el proyecto del Arquitecto Superior demandado, manteniendo su responsabilidad solidaria en base al "incumplimiento del deber de vigilancia" y "dirección de obras", que nada tiene que ver con el incumplimiento de normas urbanísticas que es el motivo por el que la demandada rechazó dar cobertura al siniestro. La demandada Musaat Mutua de Seguros a Prima Fija, tras alegar la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda, se opuso íntegramente a dicha pretensión por motivos de fondo, alegando como argumento esencial la circunstancia de hallarse dicha reclamación expresamente excluída de cobertura, al tratarse de infracción de normas urbanísticas. La sentencia de instancia, al aceptar la postura de la entidad demandada, desestimó íntegramente la demanda con imposición de costas, siendo esta resolución recurrida en apelación por el actor Don Claudio

SEGUNDO

El recurso de apelación interpuesto por el Sr. Claudio se funda en dos motivos: 1º) La infracción del artículo 1.281 y siguientes del Código Civil : Interpretación de la exclusión de la póliza y de la concreta intervención del actor en el proceso constructivo y 2º) La imposición de costas. En el examen del primer motivo se ha de puntualizar que la sentencia dictada por la Sección 6ª en la actualidad ha alcanzado firmeza al haberse dictado el 19 de Junio de 2.012 por el Tribunal Supremo auto inadmitiendo el recurso de casación interpuesto contra la misma por el Sr....

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