SAP Las Palmas 381/2013, 3 de Octubre de 2013

PonenteVICTOR CABA VILLAREJO
ECLIES:APGC:2013:2278
Número de Recurso639/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución381/2013
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA

Ilmo. Sr.-MAGISTRADO: Don Víctor Caba Villarejo

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 3 de Octubre de 2013;

VISTAS por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Puerto del Rosario en los autos referenciados seguidos a instancia de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000, parte apelada, asistida por la Letrada doña Yolanda Quesada Santana contra don Celso

, parte apelante, representado por el Procurador Sr. Valido Farray y dirigido por el Letrada doña Agustina de León Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 3 de Puerto del Rosario, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece:

1.- Estimo la demanda interpuesta por doña Susana Ojeda García en representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE DIRECCION000 contra don Celso, y en su virtud condeno a al demandado al pago de la cantidad de 1.049,44 # de principal, más 4, 94 # por el requerimiento más el interés legal desde la fecha de la reclamación extrajudicial de fecha 14 de mayo de 2009, así como al pago de las costas procesales generadas en el presente procedimiento

.

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 1 de 4 Junio de 2010, se recurrió en apelación por la parte demandada, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales constituyéndose esta Audiencia con un solo Magistrado de conformidad con lo establecido en el art. 82.2.1º de la LOPJ en su redacción dada por la LO 1/2009 de 3 de noviembre, habiendo sido asignado su conocimiento, mediante el oportuno turno de reparto, al Ilmo. Sr. don Víctor Caba Villarejo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación interpuesto por el demandado Sr. Celso contra la sentencia de primera instancia alegando que debe estimarse falta de legitimación activa, dado que la persona que interviene como presidente de la Comunidad de propietarios actora carece de la condición imprescindible para serlo por mor de lo dispuesto en los arts. 12 LPH y 533.2 LEC al no ser don Ismael propietario dentro de la comunidad sino mero apoderado de la titular dominical Carpintería Metálica San Mateo, SL, ha de ser desestimado de plano por mor de lo dispuesto en el art. 449. 4 LEC conforme al cual en los procesos en que se pretenda el pago de las cantidades debidas por un propietario a la comunidad de vecinos, no se admitirá al condenado el recurso de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interponerlos no acredita tener satisfecha o consignada la cantidad líquida a que se contrae la sentencia condenatoria. Por lo...

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