SAP Santa Cruz de Tenerife 88/2013, 7 de Marzo de 2013

PonentePILAR ARAGON RAMIREZ
ECLIES:APTF:2013:1255
Número de Recurso653/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución88/2013
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SENTENCIA

Rollo núm. 653/12 .

Autos núm. 624/11.

Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Puerto de la Cruz .

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a siete de marzo de dos mil trece .

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. dos del Puerto de la Cruz, en los autos núm. 624/11, seguidos por los trámites del juicio Ordinario, sobre reclamación de cantidad y promovidos, como demandante, por DON Arcadio, representado por la Procuradora doña Ana Isabel Schwartz Gutiérrez y dirigido por el Letrado don Víctor Elejabeitia Von Spack-Streer, contra la entidad ATLANTIC MANAGEMENT SERVICE, S.L.U. y DON Dimas, declarados en situación procesal de rebeldía, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado doña Pilar Aragón Ramírez, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Sra. Juez doña Luz Alicia Casañas Cabrera, dictó sentencia el uno de septiembre de dos mil doce cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por don Arcadio, representado por doña Ana Isabel Schwartz Gutiérrez debo condenar y condeno a la entidad MANAGEMENT SERVICES, S.L, UNIPERSONAL, a pagar la cantidad de sesenta mil euros ( 60.000 euros) con más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demandada, así como al abono de las costas procesales.

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta frente a don Dimas, debo absolverlo y lo absuelvo de todos lo pedimentos con imposición de costas a la parte actora ».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandante, en el que solicitaba que se tuviera por presentado recurso de apelación contra tal resolución, con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, petición a la que se accedió por el Juzgado.

CUARTO

Remitidos los autos a esta Sala, se acordó incoar el presente rollo y designar Ponente; seguidamente se señaló el día seis de marzo para la deliberación, votación y fallo del presente recurso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda rectora de este procedimiento se solicita la resolución del contrato de participación suscrito entre el actor y la empresa demandada y se reclama una cantidad, dirigiéndose esa reclamación no solo contra la mencionada empresa sino también contra su administrador único, Sr. Dimas .

La sentencia dio lugar a las pretensiones dirigidas contra la entidad Management Services S.L., por no contra el Sr. Dimas, al entender la juzgadora que no se dan en este caso los presupuestos o circunstancias precisos para aplicar la doctrina del levantamiento del velo, en la que se basa el demandante para exigir la responsabilidad personal del administrador.

SEGUNDO

La citada doctrina del levantamiento del velo jurídico, de construcción jurisprudencial, tiene las siguientes funciones y concepto: su función es la de evitar el abuso de la constitución y utilización de la persona jurídica para obtener un fin fraudulento y el concepto es la negación de la separación del patrimonio de una persona física y otra jurídica (o varias jurídicas) para...

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