SAP Pontevedra 689/2013, 21 de Octubre de 2013

PonenteEUGENIO FRANCISCO MIGUEZ TABARES
ECLIES:APPO:2013:2431
Número de Recurso455/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución689/2013
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00689/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 de PONTEVEDRA

N01250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

N.I.G. 36057 42 1 2010 0000712

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000455 /2012

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 12 de VIGO

Procedimiento de origen: LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000148 /2010

Apelante: Pelayo

Procurador: MARIA DOLORES COBAS GONZALEZ

Abogado: MARIA DOLORES VAZQUEZ IGLESIAS

Apelado: Rocío

Procurador: ANDRES GALLEGO MARTIN-ESPERANZA

Abogado: MARGARITA ALONSO MARTINEZ

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JUAN M. ALFAYA OCAMPO, Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILLO y DON EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 689

En Vigo, a Veintiuno de Octubre de dos mil trece.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de Liquidación Sociedad de Gananciales número 148/2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 DE VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 455/12, en los que es parte apelante -ejecutado.: Pelayo, representado por el Procurador Dª DOLORES COBAS GONZALEZ y asistido del letrado Dª Mª DOLORES VAZQUEZ IGLESIAS; y, apelado-ejecutante-impúgnate: Rocío representado por el procurador D. ANDRES GALLEGO MARTIN-ESPERANZA y asistido del letrado Dª MARGARITA ALONSO MARTINEZ. Ha sido Ponente el Iltmo. Magistrado D. EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 12 de Vigo, con fecha 26 de Julio de dos mil once, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

" En la solicitud de formación de inventario para la liquidación de la sociedad de gananciales, a instancia de Dª Rocío, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Gallego Martín Esperanza, contra D. Pelayo representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cobas González, DECLARO que el inventario de la sociedad de gananciales que los litigantes está compuesto de las siguientes partidas:

Constituye el activo:

1) Finca rústica, terreno inculto, llamado " DIRECCION000 ", situado en la parroquia de DIRECCION001, municipio de Tomiño, de 2.577m2. Parcela NUM000 del polígono NUM001 . Linda: Norte, parcela NUM002 del catastro; Sur, parcela NUM003 del catastro; Este, camino; y Oeste, parcela NUM004 del catastro. Figura inscrita en el registro de la Propiedad de Tui, en el Tomo NUM005 . Libro NUM006, Folio NUM007, Finca registral NUM008, inscripción NUM009 . Referencia catastral: NUM010 .

2) Vivienda unifamiliar situada en el barrio de DIRECCION001, término municipal de Tomiño. Está compuesta de planta baja.

3) Vehículo Ford Cougar 2P, matrícula R-....-RM .

4) Ajuar doméstico compuesto por los siguientes enseres:

-Lavadora Balay

-Rinconera de dos plazas

-Armario de 4 patas sin lunas

-Librería

-Sinfonier con 4 cajones

-Ordenador portátil

-Secadora Aspes SA-613

-Mesa de centro.

Constituye el pasivo:

1)Préstamo hipotecario Autropromotor referencia NUM011 .

2)Crédito a favor de Dª Rocío por importe de 388,88 euros en concepto de amortización de hipoteca que grava los bienes inmuebles descritos en el activo de la sociedad en el mes de enero de 2010."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de Pelayo, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición e impugnación al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, para su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, señalándose para la deliberación del recurso el día 17 de Octubre de 2013.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso interpuesto por la parte demandada, así como en la impugnación planteada por la parte demandante, se insta, en relación con la sentencia de instancia, la inclusión o la exclusión de determinados bienes del activo y pasivo de la sociedad de gananciales, cuya liquidación se insta a través de este procedimiento.

SEGUNDO

Comenzaremos analizando el recurso interpuesto por Don Pelayo, en el que se plantean dos cuestiones. En primer lugar solicita la inclusión en el activo de dos galgos afganos, a lo que se opone la parte demandante al afirmar que fueron abandonados por el demandado al cesar la convivencia en el año 2007, figurando Doña Rocío como titular actual. Ambos litigantes identifican a los animales con los nombres de Cristal y Cabezon y de la documentación obrante en autos se constata que en el certificado emitido por la Federación Canófila Mexicana figura Doña Ana María (madre del demandante) como titular del perro afgano macho denominado Cabezon desde el 23 de octubre de 2006; por otra parte...

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