STSJ Extremadura 1019/2013, 26 de Septiembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Septiembre 2013
Número de resolución1019/2013

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 01019/2013

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 1019

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU /

En Cáceres a VEINTISEIS de SEPTIEMBRE de dos mil trece.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 745 de 2011, promovido por el/la Procurador/a D/Dª MARÍA DE LOS ÁNGELES BUESO SÁNCHEZ, en nombre y representación del recurrente DON Indalecio

, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el LETRADO DE SU GABINETE JURÍDICO; recurso que versa sobre: Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de fecha 11.04.11 recaída en expediente número NUM000 .

Cuantía 6.930.- euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO .- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO .- Concluido los trámites de prueba o en su caso conclusiones, las partes interesaron cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. CASIANO ROJAS POZO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Resolución de fecha 11 de abril de 2011, dictada por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, que confirma en reposición la de fecha 15 de junio de 2010 recaída en expediente nº NUM000, que declara el incumplimiento de los compromisos y requisitos para el mantenimiento de las ayudas definitivamente reconocidas en la Resolución aprobatoria de 07 de abril de 2006 y proceder a imponer el reintegro de las prestaciones recibidas. Insta la actora la nulidad del expediente administrativo de referencia, que se le absuelva de los cargos que se le imputan con todos los pronunciamientos favorables archivándose el expediente sancionador y que se condene a la Administración al abono de las costas. La demandada insta la desestimación íntegra del recurso.

SEGUNDO

De lo actuado en el expediente administrativo que se une al presente recurso resulta que, con fecha 28 de diciembre de 2.001, el hoy actor solicitó una ayuda para la mejora de la eficacia de estructuras agrarias en virtud del RD 613/01. Entre las inversiones a realizar se encontraba la sustitución de 112 unidades de bovino de carne. En atención a la concurrencia de los requisitos generales y a los legales compromisos, en fecha 22 de octubre de 2004 se dicta Resolución concediendo la subvención que, en definitiva, se basaba en las siguientes inversiones a realizar: mejoras de cerca: 5.307,50 #, Bovino de carne: 67.200. Total inversión:

72.507,50 #. Ayuda a la inversión: 14.501,50 #. Bonificación de intereses: 7.267,80 #. Ayuda amortización:

18.109,83 #. La intensidad de la ayuda era del 55%.

Los compromisos a adquirir por la hoy actora consistían, en cuanto ahora nos interesa, en continuar con la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda durante, al menos, cinco años desde la concesión, además de comunicar en su momento mediante el impreso B, la realización de las inversiones aprobadas. A la vista de la asunción de compromisos por la actora, se dicta Resolución aprobatoria al amparo del RD 613/01 sobre Mejoras estructurales y modernización de las explotaciones agrarias.

Como consecuencia de los controles efectuados por los servicios de la Consejería de Agricultura se detecta la posible existencia de un incumplimiento de los compromisos asumidos, por lo que se acuerda iniciar procedimiento de reintegro y dar audiencia a la hoy actora, ya que se comprobó, tras ser cotejado en fecha 28 de diciembre de 2008 el Registro de Explotaciones Agrarias, que "la subvención fue concedida para...

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