ATS, 8 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Octubre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Octubre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de ALCEMATIC, S.L., presentó el día 6 de marzo de 2013 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 21 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 781/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 841/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 7 de marzo d 2013, se tuvo por interpuesto el recurso de casación, y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal, habiéndose notificado y emplazado a las partes litigantes, por medio de sus respectivos Procuradores.

  3. - El Procurador D. JORGE DELEITO GARCIA, en nombre y representación de ALCEMATIC, S.L., presentó escrito ante esta Sala el 13 de marzo de 2013, personándose como recurrente. Mediante escrito presentado el 15 de marzo de 2013, el Procurador D. JOAQUIN FANJUL DE ANTONIO, se personaba en nombre y representación de SIGLA, S.A., en concepto de parte recurrida. Mediante escrito presentado el 26 de marzo de 2013, el Procurador D. MANUEL LANCHARES PERLADO se personaba en nombre y representación de SIGLA, S.A., en IBERICA, S.A., RESTAURANTES Y SERVICIOS REYSE, S.A. Y LUCULO, SAU en concepto de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de ALCEMATIC, S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el art. 477.2, ordinal 2º de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguense copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. )ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de ALCEMATIC, S.L., contra la Sentencia dictada, con fecha 21 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 781/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 841/2007 del Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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