SAP Pontevedra 138/2013, 24 de Septiembre de 2013

PonenteANTONIO BERENGUA MOSQUERA
ECLIES:APPO:2013:2238
Número de Recurso111/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución138/2013
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00138/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de PONTEVEDRA

- Domicilio: ROSALIA DE CASTRO,Nº 5 - PALACIO DE JUSTICIA

Telf: 986805137/36/38/39

Fax: 986805132

Modelo: 213100

N.I.G.: 36026 41 2 2010 0003085

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000111 /2013(15/13)-P. Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.3 de PONTEVEDRA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000227 /2012 RECURRENTE: Sebastián

Procurador/a: FRANCISCA MARIA RODRÍGUEZ AMBROSIO

Letrado/a: L. GREGORIO CANTON TORNE

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA

ILMOS/AS. SR./SRAS.

Presidente:

D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA

Magistradas

DÑA. NÉLIDA CID GUEDE

DÑA. CRISTINA NAVARES VILLAR

En PONTEVEDRA, a veinticuatro de Septiembre de dos mil trece.

VISTO, por esta Sección 4ª de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Francisca Mª Rodríguez Ambrosio, en representación de Sebastián, bajo la dirección del Letrado Luis G. Cantón Torne, contra la Sentencia dictada en el procedimiento PA: 227/2012 del JDO. DE LO PENAL nº: 003; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr.

D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha uno de Octubre de dos mil doce, cuya parte dispositiva se tiene aquí por reproducida.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada y que se dan aquí por reproducidos.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 17 de Septiembre del actual.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente Sebastián impugna la sentencia por entender que se produjo error en la valoración de la prueba.

El Ministerio Fiscal impugna el recurso de apelación e interesa se confirme la sentencia recurrida. Como se repite con insistencia de acuerdo con la doctrina jurisprudencial, la jueza de instancia, valora la prueba percibida directamente, en uso de la facultad que le confiere el artículo 741 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que...

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