SAP Pontevedra 138/2013, 24 de Septiembre de 2013
Ponente | ANTONIO BERENGUA MOSQUERA |
ECLI | ES:APPO:2013:2238 |
Número de Recurso | 111/2013 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 138/2013 |
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00138/2013
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de PONTEVEDRA
- Domicilio: ROSALIA DE CASTRO,Nº 5 - PALACIO DE JUSTICIA
Telf: 986805137/36/38/39
Fax: 986805132
Modelo: 213100
N.I.G.: 36026 41 2 2010 0003085
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000111 /2013(15/13)-P. Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.3 de PONTEVEDRA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000227 /2012 RECURRENTE: Sebastián
Procurador/a: FRANCISCA MARIA RODRÍGUEZ AMBROSIO
Letrado/a: L. GREGORIO CANTON TORNE
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA
ILMOS/AS. SR./SRAS.
Presidente:
D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA
Magistradas
DÑA. NÉLIDA CID GUEDE
DÑA. CRISTINA NAVARES VILLAR
En PONTEVEDRA, a veinticuatro de Septiembre de dos mil trece.
VISTO, por esta Sección 4ª de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Francisca Mª Rodríguez Ambrosio, en representación de Sebastián, bajo la dirección del Letrado Luis G. Cantón Torne, contra la Sentencia dictada en el procedimiento PA: 227/2012 del JDO. DE LO PENAL nº: 003; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr.
D. ANTONIO BERENGUA MOSQUERA .
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha uno de Octubre de dos mil doce, cuya parte dispositiva se tiene aquí por reproducida.
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada y que se dan aquí por reproducidos.
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 17 de Septiembre del actual.
El recurrente Sebastián impugna la sentencia por entender que se produjo error en la valoración de la prueba.
El Ministerio Fiscal impugna el recurso de apelación e interesa se confirme la sentencia recurrida. Como se repite con insistencia de acuerdo con la doctrina jurisprudencial, la jueza de instancia, valora la prueba percibida directamente, en uso de la facultad que le confiere el artículo 741 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que...
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