SAP Madrid 707/2013, 27 de Septiembre de 2013

PonenteCARMEN NEIRA VAZQUEZ
ECLIES:APM:2013:13226
Número de Recurso1543/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución707/2013
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

N.I.G.: 28.079.00.2-2012/0014734

Recurso de Apelación 1543/2012

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 24 de Madrid

Autos de Impugnación de Tutela Automática 593/2011

Apelante: D./Dña. Zaira

PROCURADOR D./Dña. FRANCISCO JAVIER CERECEDA FERNANDEZ-ORUÑA

Apelado: COMISION DE TUTELA DEL MENOR DE LA CAM

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

MINISTERIO FISCAL

Ponente: ILMA. SRA. DOÑA. CARMEN NEIRA VÁZQUEZ

SENTENCIA Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilma. Sra. Doña CARMEN NEIRA VÁZQUEZ

En Madrid, a 27 de septiembre de dos mil trece.

La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de impugnación de tutela seguidos, bajo el nº 593/11 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de los de Madrid, entre partes:

De una, como apelante-demandante Doña Zaira, representada por el Procurador Don Javier Cereceda Fernández-Oruña.

De la otra, como apelada-demandada la Comisión de Tutela del Menor.

Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña CARMEN NEIRA VÁZQUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 8 de junio de 2012 por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de los de Madrid se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimando la oposición formulada por Dª Zaira, frente a la Resolución dictada con fecha 1 de junio de 2011 por la Comisión de Tutela del Menor del Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) de la Comunidad de Madrid en el expediente NUM000, nº de tutela 201/2011, declarando en situación de desamparo a la menor Leocadia, nacida el NUM001 -2009 y asumiendo la tutela de la menor por dicha entidad pública, debo declarar y declaro ajustada a derecho tal resolución administrativa, que se confirma en su integridad, así como la posterior resolución de la Comisión de Tutela del Menor de la CAM que acordaba modificar el ejercicio de la medida de tutela de la menor Leocadia y acordaba que la guarda de la menor fuere ejercida en acogimiento familiar administrativo por las personas al efecto seleccionadas por la entidad pública, y el inicio de la convivencia a través de un acogimiento familiar provisional.

No se hace especial condena de las costas procesales a ninguna de las partes dada la naturaleza de los intereses públicos que se protegen en este tipo de procesos."

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Doña Zaira, exponiendo en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentando el Ministerio Fiscal y la Comisión de tutela del menor de la Comunidad de Madrid sendos escritos de oposición.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y fallo del recurso .

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la dirección letrada de la parte apelante interesando la revocación de la resolución recurrida se pide se dejen sin efecto las resoluciones administrativas que declararon la situación de desamparo, fijación de tutela y acogida y se alega entre otras razones que la madre ha sido víctima de malos tratos y recuerda que ahora vive con su madre en la vivienda de su propiedad y pone de manifiesto que trabaja como teleoperadora .

Por su parte el Ministerio Fiscal pide que se confirme la sentencia recurrida y alega que es ajustada a derecho.

Por su parte el Abogado del Estado pide que se confirme la sentencia y alega entre otras razones que cuando la menor contaba 17 meses se produjo un ingreso hospitalario en el Centro Universitario de la Paz donde se le diagnostica hematoma y fractura...

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