SAP A Coruña 410/2013, 16 de Septiembre de 2013

PonenteANGEL JUDEL PRIETO
ECLIES:APC:2013:2321
Número de Recurso326/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución410/2013
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00410/2013

ROLLO: RP 326/13

Órgano de Procedencia: JDO. DE LO PENAL FERROL-2

Procedimiento: J.ORAL (VG) 167/12

RECURRENTE: Rafael

Procurador: Vázquez Méndez

Letrado: López Turnes

RECURRIDO: MINISTERIO FISCAL, Teodulfo

Procurador: Díaz Gallego

Letrado: López-Turnes García

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA constituida por los Ilustrísimos Señores D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, Presidente, D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS, Dª GABRIELA GÓMEZ DÍAZ, Magistrados.

EN NOMBRE DEL REY

ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a 16 de septiembre de 2013.

En el recurso de apelación penal número 326/13 procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Ferrol, sobre COACCIONES LEVES SOBRE LA MUJER Y LESIONES, entre partes de la una como apelante Rafael, y de la otra como apelado el MINISTERIO FISCAL y Teodulfo .

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Magistrado- Juez del Juzgado de lo Penal Ferrol-2, con fecha 13 de noviembre de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue:

"FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO a Rafael como autor de UN DELITO DE COACCIONES LEVES SOBRE LA MUJER, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de CINCUENTA DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de UN AÑO Y OCHO MESES y prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por Salvadora

, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante UN AÑO Y UN DÍA; de UN DELITO DE COACCIONES LEVES SOBRE LA MUJER, a la pena de CINCUENTA Y SEIS DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de DOS AÑOS Y UN DÍA y prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por Salvadora, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante UN AÑO Y DOS MESES; de UNA FALTA DE MALTRATO DE OBRA, a la pena de DIEZ DÍAS DE MULTA a razón de una CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas; con imposición de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Rafael, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados procedentes, a las demás...

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