STSJ Andalucía 666/2013, 16 de Mayo de 2013

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2013:8781
Número de Recurso211/2012
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución666/2013
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA.

SECCION TERCERA.

RECURSO Núm. 211/2012 .

Registro General Núm. 833/2012.

S E N T E N C I A

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez. Presidente.

Don Eloy Méndez Martínez.

Don Guillermo del Pino Romero.

En la ciudad de Sevilla, a dieciséis de mayo de dos mil trece.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso seguido en esta Sección Tercera con el número 211/2012, interpuesto por doña Luisa, representada por la Procuradora doña Remedios Soto Pardo, y asistida de Letrado, contra la Administración de la Junta de Andalucía (Consejería de Educación), representada y defendida por el Letrado don Miguel Sánchez Carmona. La cuantía del recurso es indeterminada. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación del recurso de reposición deducido frente a la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 18 de julio de 2011 por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado para el ingreso en el Cuerpo de Maestros en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011, y se le nombra con carácter provisional funcionario en prácticas.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora solicitó la anulación de la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos allí contenidos.

TERCERO

Por la Administración se contestó a su vez en el sentido de oponerse, solicitando la desestimación del recurso. Sin ser recibido el recurso a prueba por las razones en su día expresadas, quedaron a continuación las actuaciones conclusas para sentencia.

CUARTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales, salvo las relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que, efectivamente, se ha deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 18 de julio de 2011 por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado para el ingreso en el Cuerpo de Maestros en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011, y se le nombra con carácter provisional funcionario en prácticas.

La recurrente participó en dicho proceso para ingresar en el Cuerpo de Maestros, especialidad de Educación Primaria, siendo asignada para la valoración de sus méritos a la Comisión de Baremación núm. 2 de Cádiz, y alega que no se valoraron por el apartado 3.2 del Anexo II de la Orden de convocatoria, las dieciséis publicaciones aportadas en tiempo y forma, de las que era autora o coautora.

SEGUNDO

Pues bien, consta obrante en el expediente administrativo informe de la Presidente de la Comisión de baremación núm. 2 de 7 de noviembre de 2011 que expresa que ante las alegaciones efectuadas a la baremación provisional "decidió modificar el apartado 3.2.1 del baremo en el que se habían concedido previamente 0,6...

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